domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Juicio a Di Zeo: más críticas a la negativa inédita de permitir cobertura periodística

Rafael Di Zeo. Está sentado en el banquillo por instigación a cometer asesinatos.
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La Justicia le impidió a un reportero seguir presenciando las audiencias de un debate que involucra al ex líder de la barrabrava de Boca Juniors, a pedido su defensor. La SIP, Adepa, Fopea y la Defensoría del Público de la Nación criticaron lo que definieron como “un acto de discriminación y censura”

El ex líder de la barrabrava del club Boca Juniors, Rafael Di Zeo, está en el banquillo de los acusados junto a otros dos hinchas desde el 13 de septiembre pasado, cuando comenzó el debate en su contra por instigación a cometer homicidios en la disputa interna de “La Doce”.

Los hechos ocurrieron hace casi una década. Dos personas fueron asesinadas y otras fueron heridas de bala.

Hasta la semana pasada, un periodista del medio porteño web Infobae era el único que cubría el proceso.

En en una medida inédita, el Tribunal Oral 13 le prohibió informar al reportero, que cubre juicios sobre violencia en el fútbol desde hace 22 años.

Los jueces Diego Leif Guardia, Adolfo Calvete y Enrique Gamboa admitieron un planteo del abogado de Di Zeo, Diego Storto, quien, en desacuerdo con la forma como el periodista reflejaba los pormenores del debate, les pidió que impidieran que siguiera asistiendo. Alegó la posible influencia que las publicaciones podían generar en los testigos.

El tribunal no corrió traslado al resto de las partes; es decir, definió oralmente el reclamo.

La querella -representada por Walter Fidalgo-; la defensa de Cristian Fido De Vaux, otro acusado, y el fiscal Aldo de la Fuente se opusieron, sin éxito.

El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) repudió el decisorio en cuanto se dictó.

En un comunicado, enfatizó que prohibir la cobertura de un juicio “altera un principio fundamental en un Estado de derecho y democrático, en el que la regla es la publicidad de los procesos de interés público y el secreto la excepción”.

Por su parte, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) reflejó lo sucedido en su resumen mundial.

En tanto, la Defensoría del Público de la Nación, a cargo Miriam Lewin, estimó que se trata de un precedente grave.

En el mismo sentido se pronunció el titular de la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados, Waldo Wolff.

Cabe resaltar que el cronista era testigo de cargo y que para poder estar en el debate pidió declarar al principio.

Aunque formuló pedidos similares en otros juicios en los que estaba en la misma condición, el sentenciante rechazó su solicitud.

Ante ello, el fiscal, en vista de que el trabajo del comunicador -es decir, sus notas- estaban incorporadas al expediente, desistió de escucharlo.

El profesional trabajaba en el diario Olé. El 20 de julio de 2013, cuando se produjo una batalla campal entre los miembros de La Doce, identificó a una decena de barras y algunos autos.

Incluso, un día antes le expuso a la Secretaría de Seguridad Interior de la Nación la información que tenía sobre posibles enfrentamientos armados en las inmediaciones del estadio de Boca.

A raíz de lo que finalmente ocurrió, el por entonces secretario de Seguridad de la Nación, Sergio Berni, disolvió la Dirección de Eventos Deportivos de la Policía Federal.

En 1992, con la sanción de la ley 23894, se determinó que un tribunal puede ordenar que un juicio sea público sólo por razones de seguridad, orden público o moral.

Al respecto, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa, empresarial) planteó: “El secreto y el ocultamiento constituyen el ecosistema natural de la arbitrariedad y los desvíos de poder. Es por ello que el artículo 1 de la Constitución Nacional, al adoptar un sistema republicano, consagra a la publicidad de los actos de gobierno como una característica esencial de nuestro sistema de convivencia”.

“Los actos del Poder Judicial, como todos los actos de gobierno, deben ser públicos y estar sometidos al escrutinio y crítica del periodismo y de la opinión pública. Solo así el pueblo puede llevar a cabo un control real del desempeño de quienes, en su nombre, ejercen el poder del Estado”, agregó.

“La decisión judicial comentada nos retrotrae a épocas pretéritas, en las cuales las actuaciones administrativas y judiciales no eran expuestas al escrutinio público; privar de cobertura informativa a una etapa procesal que hace de la publicidad una condición que le da su nombre (juicio oral y público), es una decisión incompatible con los artículos 1, 14 y 32 de la Constitución Nacional, así como el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica”, completó la entidad.

En las últimas horas, el presidente de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), Michael Greenspon, y el titular de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de ésta, Carlos Jornet, consideraron que el tribunal concretó “un acto de discriminación y censura al ejercicio libre del periodismo”.

Greenspon, director global de Licencias e Innovación de Impresión del The New York Times Company, de Nueva York, y Jornet, director del diario cordobés La Voz del Interior, alertaron sobre que lo decidido “crea un antecedente negativo para la libertad de prensa” al otorgarle a un tribunal el poder de decidir qué o quiénes están autorizados para cubrir asuntos de interés público.

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