El juez federal N°1 Ricardo Bustos Fierro remitió la acción de amparo presentada por el Portal de Belén, contra la Ley 27610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) al juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa.
En consonancia con el dictamen fiscal, Bustos Fierro entendió que Ochoa declaró “erróneamente su incompetencia”. El magistrado remarcó que la demanda de Portal de Belén se circunscribe a atacar una ley federal y que el artículo 4 de la ley de amparo lo habilita a elegir cualquier jurisdicción dentro del ámbito territorial.
“Por ser los efectos el acto que se ataca de naturaleza inter jurisdiccional y no local, corresponde declarar la incompetencia de este Tribunal para entender en la presente causa debiendo proseguir su trámite por ante el Juez que previno”, subrayó la resolución de Bustos Fierro.
El 11 de febrero pasado, el Juzgado Federal de Río Cuarto declaró su incompetencia territorial para tramitar la acción de amparo iniciada por la asociación civil.
La Asociación Civil Portal de Belén insiste en la “inconstitucionalidad” de la norma y, puntualmente, solicita que se declaren “nulos e inaplicables los arts. 1, 2, 4, 5, 16 y 21 de la ley 27610 ss y cc en cuanto coordinadamente establecen como ‘derecho’ de la persona gestante, la posibilidad de eliminar la vida de sus hijos concebidos, acción de destruir una vida, que ahora pasa a llamarse eufemísticamente interrupción voluntaria del embarazo”.
El Portal de Belén es la misma organización que en el año 2002 había presentado una demanda ante la Corte Suprema de Justicia en contra de la vigencia de la creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; en 2012, había interpuesto un recurso contra la aplicación de los protocolos para la Interrupción Legal del Embarazo (que frenó la aplicación en Córdoba por casi siete años); y en 2019, también había presentado un amparo que había suspendido la venta del Misoprostol.
Decreto-incompetencia-Juzgado-Federal-de-Cordoba-1-1