Lo resolvió el Tribunal Superior de Justicia, Sala Laboral, tras calificar como carentes de sustento las circunstancias que analizó el juez de grado para rechazar el rubro en cuestión El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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