El encausado explotaba sexualmente a tres mujeres en situación de vulnerabilidad. Dos de las víctimas eran adolescentes al momento de los hechos. Los fundamentos del fallo del Tribunal Oral Federal Número 2 de Córdoba se conocerán la semana próxima
El Tribunal Oral Federal Número 2 de Córdoba condenó a 11 años de prisión a un acusado por rufianería, haciendo lugar parcialmente al pedido de los fiscales Carlos Gonella y Facundo Trotta (auxiliar).
Cristian Yanantuoni fue responsabilizado por explotar sexualmente a tres mujeres -dos de ellas menores- y por trata.
Las actuaciones se originaron a partir de una denuncia mediante la cual se puso en conocimiento de la policía que el imputado estaba llevando a cabo actos en infracción a la ley 26364.
Los investigadores establecieron que Yanantuoni llevó a vivir a su casa de Villa María a una adolescente de 15 años, quien habría realizado al menos dos “pases” en los días previos. También se constató que el hombre recibía visitas de su ex pareja y de otra víctima y que las trasladaba por las noches a la ruta, para que ejercieran actividades compatibles con la explotación sexual.
En febrero de 2015 se llevó a cabo un allanamiento en el domicilio. Los efectivos que concretaron la medida secuestraron la cartera de una de las menores, que contenía marihuana, juguetes sexuales, dinero en efectivo, preservativos y un arma de fuego.
Las mujeres fueron asistidas por la Secretaría de Asistencia y Prevención de la Trata de Personas y dos fueron internadas en el Hospital Neuropsiquiátrico de Córdoba por posible situación de abstinencia a las drogas.
En su alegato, el Ministerio Público Fiscal hizo foco en la especial situación de vulnerabilidad de las damnificadas; especialmente, de las adolescentes, a quienes Yanantuoni había acogido y explotado trazando una estrategia de seducción, con promesas de viajes al exterior, regalos y otros engaños.
Instrucción
A su turno, en su requerimiento de elevación a debate, la fiscal instructora María Marta Schianni había solicitado que se juzgase a Yanantuoni por acogimiento de personas con fines de explotación sexual, agravada por la cantidad de víctimas, por haberse consumado y por tratarse de menores de edad en dos de los tres casos.
Luego, Gonella reclamó 13 años por trata de personas agravada por consumación de la explotación y edad de las víctimas en dos hechos y rufianería como figura básica respecto del tercero. Finalmente, el TOF impuso la condena a 11 años por rufianería respecto a las tres mujeres, en todos los casos, agravado por la situación de vulnerabilidad, y en el de las dos menores por su condición.
Los fundamentos del fallo se conocerán la semana próxima.