sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

“Hoy tenemos resoluciones judiciales de calidad y en plazos razonables”

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Las juezas María Andrea Morales y Valentina Ramírez Amable visitaron la provincia de Córdoba para contar su experiencia de la oralidad en el fuero civil en Entre Ríos. La duración de los juicios se redujo a un tercio, destacaron

Por Silvina Bazterrechea- [email protected]

El fuero Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba comenzó la cuenta regresiva. Después de la feria judicial se pondrá en marcha una prueba piloto en una decena de juzgados de la capital y Río Cuarto, que introducirá el procedimiento de la oralidad para cierto tipo de causas.
De esta manera, Córdoba se sumará a otras provincias como Mendoza, Formosa, Buenos Aires, San Luis, Santa Fe y Entre Ríos que “dejaron el papel” para avanzar hacia la oralidad.
Convocadas por la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Córdoba, la jueza María Andrea Morales y la camarista Valentina Ramírez Amable trazaron un panorama sobre la implementación de la oralidad en Entre Ríos. Los resultados han sido altamente satisfactorios, concluyeron las magistradas en una entrevista que brindaron en exclusiva a Comercio y Justicia, en la cual también se refirieron a la normativa aprobada por la Unicameral.

-¿Cómo y con qué resultados se está implementando en Entre Ríos la oralidad en el fuero Civil y Comercial?
VRA: Nosotros tenemos un proceso de oralidad estructurado en dos audiencias -una previa y otra de vista de causa en la que se recibe la prueba-, se está implementado desde mitad de año en todos los juzgados de primera instancia Civil y Comercial de la provincia; en total son 38 juzgados que están usando este sistema, después de un trabajo que nos llevó casi un año.
MAM: La experiencia ha sido tan satisfactoria que los otros fueros están iniciando proyectos para implementar la oralidad. El promedio de duración de los juicios se ha reducido sensiblemente: un juicio que en el sistema anterior duraba unos cuatro años, hoy está en un promedio de un año o un año y medio.

-¿Qué tipos de causas son las que se tramitan mediante este sistema oral?
MAM: Son todos los procesos de conocimiento que se tramitan vía ordinaria o sumarísima, ésta es una diferencia con la ley que entrará en vigencia aquí en Córdoba. Nosotros entendemos desde accidentes de tránsito, hechos de mala praxis médica, desalojos, responsabilidad por incumplimiento contractual, cuestiones societarias,etcétera. Se excluyen los juicios ejecutivos, el resto va por este sistema oral.

-¿Qué impacto tuvo en la gestión judicial y en los operadores judiciales este cambio de paradigma que implicó pasar del sistema escrito al oral?
MAM: Implicó un cambio de actitud y un cambio en la manera de trabajar para los jueces y para todo el organismo jurisdiccional. Puertas afuera de tribunales también cambió el trabajo de los abogados, quienes ahora tienen un rol más activo y participativo porque, por ejemplo, ahora tienen que prepararse para las audiencias a las que asisten con sus clientes.
VR: Si bien en un principio generó dudas en los magistrados, lo cierto es que a poco andar tenemos relevado una satisfacción importante de ellos; también obviamente de los abogados y ni hablar de los usuarios del servicio de justicia, que es para quienes en definitiva debemos trabajar todos, más allá de nuestra propia comodidad.

MAM: En el caso del usuario del servicio de justicia, la satisfacción es mucho mayor porque sabe de entrada el tiempo estimativo que va a demorar su juicio y sobre todo conoce a la persona que va a resolver su litigio. La inmediatez en este proceso es fundamental, el justiciable conoce al juez, puede darle las razones que lo llevaron a tener ese conflicto y esa inmediatez del juez con las partes hace que se puedan arribar a acuerdos conciliatorios y que sean las propias partes las que autocompongan su propio conflicto.

-¿Fue difícil la implementación de este sistema? ¿cómo resolvieron los aspectos técnicos?
VR: Obviamente que el aporte de la tecnología es fundamental y es lo que permite que la oralidad sea un mecanismo para agilizar los trámites, no obstante, más allá de la dificultad que puede significar adquirir equipos en función del acotado presupuesto que tiene el Poder Judicial, lo cierto es que no necesitamos siempre tener el mejor software. Acá a Andrea le ha tocado tener que terminar registrando una audiencia con un celular, lo mismo nos ha pasado a nosotros en la cámara. Hay alguna dificultad pero no podemos poner el foco en que eso sea un impedimento dado los avances de los medios técnicos que tenemos hoy todos a disposición. Además, si uno hace un análisis de costos generales, está economizando recursos públicos. No es lo mismo lo que se gasta en papel y en horas-hombre que están dedicados a llevar un expediente y lo que pueda significar adquirir tecnología para grabar una audiencia.

-¿Qué opinión les merece la ley de oralidad que se aprobó en Córdoba y entrará en vigencia en febrero?
MAM: Lo que pudimos ver es que se trata de una ley que aplicará la oralidad a algunos tipos de procesos, no a todos, sin perjuicio de lo cual vemos como positivo que se les dé la posibilidad a los jueces y a las partes a aplicar este método a los juicios que no estén previstos. Luego, vimos también muy positivo la ampliación de facultades que se les dan a los jueces en torno a la depuración de la prueba, la fijación del objeto litigioso, la materia que se va a discutir en el juicio y prescindir de cierta prueba que antes debía hacerse obligatoriamente y que era superflua, dilatoria e innecesaria para resolver el conflicto. Esta nueva ley otorga al juez la facultad de decidir sobre la pertinencia de la prueba y todo eso en una audiencia preliminar.

-¿Qué mensaje les darían a los operadores judiciales que todavía dudan de la efectividad del procedimiento oral en el fuero Civil ?
MAM: Cuando hablamos de oralidad efectiva nos estamos refiriendo a una oralidad que necesariamente tiene que venir de la mano de una gestión judicial y lo que se busca es reducir sensiblemente los tiempos del proceso, que sean procesos eficientes, que sean procesos que se resuelvan en tiempos razonables, según la complejidad del caso. A su vez, que la inmediatez del juez permita obtener información de calidad -no es lo mismo una declaración que un juez lee en un acta que hizo otra persona- que lo que pueda percibir con sus propios sentidos en una audiencia; poder interrogar y escuchar activamente al testigo le permite obtener información de mayor calidad y, como consecuencia, se elimina la posibilidad de sentencias injustas. Estamos entonces frente a resoluciones que se dan en un tiempo razonable y de calidad.

-¿Qué rol tiene la capacitación?
VR: Es fundamental la capacitación, no sólo de los jueces y empleados sino también de los abogados. Es posible tener la mejor ley procesal, la mejor norma pero sino se capacita a quienes la van a aplicar, no sirve. Es muy sencillo volver al esquema de confort que todos tenemos y volver a hacer las cosas como las veníamos haciendo.

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