En línea con un pedido de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual de Niñas y Niños (UFIDISN), a cargo de Aldo de la Fuente, se logró unificar una única Cámara Gesell para evitar la revictimización una niña en el marco de un caso de abuso sexual infantil que habría ocurrido tanto en Argentina como en Paraguay.
La medida se concretó en la Sala de Entrevistas Especializadas del Ministerio Público Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
Uno de los hechos habría ocurrido en Paraguay cuando la víctima tenía 6 años y otros dos en Buenos Aires, cuando tenía 9.
En abril pasado, la Fiscalía Criminal y Correccional N° 47, a cargo de Marcelo Solimine, derivó el expediente a la UFIDISN.
A mediados de mayo, la fiscalía especializada pudo constatar que ya se había iniciado una investigación en Paraguay.
Ante ello, el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) se contactó con su par a cargo de la investigación en aquel país, ya que le pidió a la madre de la nena que viajara a Paraguay para una entrevista de Cámara Gesell y una pericia psicológica.
Por eso, la fiscalía especializada sugirió la posibilidad de llevar a cabo las medidas en la CABA, en colaboración, de acuerdo al tenor del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre Ministerios Públicos y Fiscales Miembros de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP).
A través de la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional (DIGCRI) de la Procuración General de la Nación, a cargo de Diego Solernó, se enviaron copias digitalizadas del expediente para comunicar que la intención de la UFIDISN, por el tipo de bien jurídico afectado y por razones vinculadas con el apropiado tratamiento de la víctima durante el proceso judicial, era realizar una única entrevista de Cámara Gesell con la damnificada en la que también pudieran intervenir las autoridades paraguayas a cargo de la investigación por los hechos cometidos en el ámbito de ese país.
La unidad a cargo del fiscal De la Fuente destacó que así se le otorgaría especial relevancia a la integridad psicoemocional de la menor, quien en una única declaración testimonial podría hablar de todos los episodios y sortear, así, ser revictimizada.
En tal sentido, se explicó también que los medios tecnológicos con los que se cuenta actualmente facilitarían el acto, permitiendo el control en forma remota de las autoridades judiciales de Paraguay y del abogado defensor que designe el imputado, evitando la eventual multiplicidad de relatos y que la niña viajara al país vecino; en especial, porque su mamá planteó que carecía de posibilidades económicas para ello.
Así fue como la DIGCRI le solicitó a la Dirección de Asuntos Internacionales y Asistencia Jurídica Externa del Ministerio Público Fiscal de Paraguay y al fiscal a cargo de la investigación en aquel país cooperación para concretar las medidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Finalmente, tanto la Cámara Gesell como la pericia psicológica de la niña se llevaron a cabo en la Sala de Entrevistas Especializadas del Ministerio Público Tutelar de la CABA.
Todo fue observado y controlado en forma remota por el fiscal a cargo de la pesquisa en Paraguay y por el defensor oficial del imputado, de conformidad con los estándares de actuación fijados en la Resolución PGN 35/12, con la denominada “Guía de buenas prácticas para la investigación de delitos contra la integridad sexual que afecten a niñas, niños y adolescentes” elaborada por la UFIDISN.
Una vez recibido el informe de la especialista que intervino en la Cámara Gesell, se le envió la pieza al fiscal paraguayo junto con la copia de la grabación de la audiencia