La Cámara Federal de la Seguridad Social habilitó la feria judicial extraordinaria dispuesta por la Corte Suprema de la Nación por la pandemia de coronavirus para que un jubilado pueda tramitar una causa por reajuste y falta de pago de sus haberes.
El mismo tribunal rechazó, en cambio, un pedido similar formulado por una jubilada de 90 años ya que, si bien desde hace un par de años reclama un reajuste, en la actualidad “percibe con normalidad su haber jubilatorio”.
Fuentes del fuero Previsional dijeron que esas tendencias se repiten en numerosas “resoluciones interlocutorias” ante pedidos de “habilitación” del receso dispuesto hace dos meses por la Corte luego de que se estableció el aislamiento social y obligatorio.
En un caso de un jubilado, la Sala 2 de la Cámara evaluó que “su haber previsional no fue actualizado desde el mes de marzo de 2016” y que el demandante denunció la falta de pago de la mensualidad de febrero de este año.
“Cabe tener presente que las razones de urgencia que autorizan la habilitación son aquellas que entrañan un riesgo previsible e inminente de ver frustrados determinados derechos, cuando por el carácter de la prestación y la circunstancia que se configura puede llegarse a una importante lesión” de aquéllos, sostuvo el tribunal.
En ese sentido, agregó que “la pretensión de habilitación de feria se encuentra encuadrada dentro de los supuestos enumerados por la Corte Suprema” en las acordadas que viene dictando en consonancia con las prórrogas del Poder Ejecutivo Nacional del “aislamiento social preventivo y obligatorio”.
En el caso de la otra jubilada, los camaristas Viviana Piñeiro, Nora Carmen Dorado y Germán Pablo Zenobi consideraron que no encuadraba en las excepciones previstas por la Corte, porque diferir el tratamiento de sus derechos no le causaría “un daño irreparable”.