El a quo había considerado que la presunta adulteración de índices era una cuestión
no revisable judicialmente, por involucrar decisiones de la autoridad administrativa,
pero la Cámara desestimó sus argumentos e hizo precisiones sobre las maniobras
En el marco de la causa por la manipulación de los índices del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), por unanimidad, la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal revocó el sobreseimiento del ex secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno y lo procesó por la presunta comisión de los delitos de violación de secretos, abuso de autoridad, violación de registros y documentos y falsedad ideológica, en calidad de autor.
Idénticas medidas dictó en relación a Beatriz Paglieri, Celeste Cámpora Avellaneda y Marcela Filia, como partícipes necesarias.
El 2 de marzo pasado Moreno fue desvinculado del caso por decisión del juez Rodolfo Canicoba Corral, pero ayer los vocales Martín Irurzun y Eduardo Farah dejaron sin efecto el fallo del inferior, al estimar que hay elementos suficientes para que Moreno y otros ex funcionarios del Indec sigan incriminados en la pesquisa por la alteración de datos durante el gobierno kirchnerista.
“Lo que aquí es objeto de reproche es la introducción de cambios en la forma en que se venía realizando sobre el Índice de Precios al Consumidor (IPC), en contradicción a principios básicos y comunes a toda metodología estadística conocida, para la consecución de objetivos extraños a las finalidades y funciones del Indec; todo ello, de manera intempestiva, unilateral y prescindente de la práctica del organismo”, plantearon los camaristas.
Los hechos que generaron el proceso comenzaron en 2006, con las exigencias que Moreno -como secretario de Coordinación Técnica, primero, y de Comercio Interior, después- les habría realizado a las autoridades del instituto para que le entregaran la lista de locales encuestados -protegida por el secreto estadístico- e implementaran cambios en el modo en que se venía elaborando el IPC, con el fin, según sospecha la Justicia, de desplegar acciones de control de precios y obtener una medición de la inflación con resultados más bajos.
Ante la negativa de los funcionarios intimados, a principios de 2007 Moreno los desplazó, designando a Paglieri como directora de Índices de Precio de Consumo, en reemplazo de Graciela Bevacqua.
Pagliero habría accedido a las demandas del funcionario, entregándole información primaria sobre los encuestados y adulterando, mediante diferentes maniobras, el IPC Capital y Gran Buenos Aires de enero a junio de 2007, y el IPC de la provincia de Mendoza, comprendido en el Índice Nacional de Precios al Consumo de agosto de 2007, contando con el aporte de Cámpora Avellaneda y Filia, quienes, supuestamente, fueron contratadas por el área por Paglieri con el objetivo de que la asistieran.
Como el a quo había considerado que la presunta adulteración de índices era una cuestión no revisable judicialmente por involucrar decisiones de la autoridad administrativa en el ejercicio de facultades discrecionales, la Cámara aclaró que los cargos que se les enrostran a los encartados no se sustentan en un juicio de valor acerca de la corrección o conveniencia de una determinada metodología por sobre otra igualmente posible para la medición de variaciones.
En ese sentido, recordó que -según la Corte- “la esfera de discrecionalidad de los entes administrativos no significa en absoluto que posean un ámbito de actuación desvinculado del orden jurídico o que no sea susceptible de fiscalización, ni constituye una libertad de apreciación extralegal que obstruya la revisión judicial cuando su ejercicio se revele abusivo o arbitrario”.
Así, concluyó que las pruebas respaldaban suficientemente la imputación y que -tal como reclamó la Fiscalía- correspondía procesar a los imputados.
En tanto, sobre la violación del secreto estadístico, señaló: “No se encuentra controvertido que Moreno apenas asumió como secretario, le solicitó específicamente al director del Indec la entrega de la lista de comercios relevados, por considerarla indispensable para el despliegue de su ‘acción de control’ y que, al serle opuesto el secreto estadístico, lejos de conformarse con esa limitación, intentó, por medios formales e informales, directa o indirectamente, acceder a esos datos por espacio de meses, involucrando, incluso, a las máximas autoridades del Ministerio de Economía en la cuestión”.