La jueza con competencia electoral María Servini rechazó un pedido para que se le ordene al Gobierno nacional que, hasta el balotaje, se abstenga de otorgar fondos públicos para captar votos.
Lo hizo en el marco de la causa que generó la ONG Bases Repúblicas contra Sergio Massa, ministro de Economía y candidato oficialista, por una anuncio que hizo la semana pasada escoltado por la titular de la ANSES, Fernanda Raverta, sobre la ampliación de la línea de créditos para jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia.
El grupo denunció que el alto funcionario cometió los delito de abuso de autoridad y violación de deberes.
Expuso que la medida viola el Código Nacional Electoral, que prohíbe hacer publicidad con actos gubernamentales que tiendan a captar el voto 25 días de las elecciones.
“Estando prevista la segunda vuelta para el 19 de noviembre, claramente el anuncio fue formulado dentro del plazo de veda electoral al respecto, pues tiende necesariamente a captar voluntades en favor de quien lo formula”, sostuvo la entidad.
Bajo esa premisa, pidió que se dictara una medida cautelar en la que se les ordene a Masa, a Raverta, al presidente Alberto Fernández y al jefe de Gabinete (y candidato), Agustín Rossi que “se abstengan de disponer de fondos para el otorgamiento de créditos o cualquier otra erogación vinculada al anuncio efectuado el 1 de noviembre de 2023, ya que podría estar dirigida al condicionamiento de los electores en las elecciones del próximo 19”, hasta que se realicen los comicios.
El Ministerio de Economía compareció y pidió el cierre del expediente. Los abogados de la cartera alegaron que los créditos son preexistentes y que forman parte de un cronograma. Alegaron que su fin “no es promover o desincentivar la captación de sufragio a favor de ninguno de los candidatos” sino “cumplir los objetivos de un programa de estado”.
Servini estimó que lo que se pretendía con la cautelar es similar al fondo de la causa y que todo debe analizarse posteriormente, por lo que le encomendó al fiscal Ramiro González que avance con la pesquisa.
La jueza indicó que el representante del Ministerio Público Fiscal es quien debe llevar a cabo las medidas necesarias para determinar la concreción o no del hecho.
“La concesión de una medida preventiva como la requerida siempre puede implicar penetrar en la concreta ponderación del meollo denunciado, aspecto que debe ser materia de juzgamiento en oportunidad de emitir la sentencia de mérito que habrá de dirimir la investigación, pudiendo -de lo contrario- incurrir en prejuzgamiento”, sostuvo Servini.