Establece controles más duros para el ingreso y permanencia de extranjeros en el país. Además, agiliza el trámite de deportación de quienes tienen antecedentes penales
El presidente Mauricio Macri finalmente publicó ayer el decreto 70/2017 que modifica la Ley de Migraciones e impone controles más estrictos con el objetivo de impedir el ingreso y expulsar del país a extranjeros con antecedentes penales.
Entre los argumentos se hace hincapié en la vinculación de los delitos con la población extranjera. En tal sentido se remarcó que dentro del Servicio Penitenciario Federal el porcentaje de personas de nacionalidad extranjera es de 21,35 por ciento; en tanto que en los delitos “vinculados a la narcocriminalidad, un 33% de las personas bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal son extranjeros”.
Ante esta realidad que considera “crítica”, el Gobierno instrumentó la creación de un “Procedimiento migratorio especial sumarísimo” que permitirá negar el ingreso y expulsar con mayor agilidad a delincuentes.
Entre las causas que pueden determinar la expulsión o el ingreso al país figuran “haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más”.
En la nueva normativa se estipula que se impedirá el arribo a las personas con documentación falsa o que omitan dar información sobre antecedentes penales, además de aquellos que cumplan condena o tengan antecedentes en Argentina o el exterior.
El decreto presidencial remarca que se tendrán en cuenta “delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad” o “delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas”.
Las autoridades nacionales podrán esgrimir estas razones para cancelar residencias otorgadas, más allá de su antigüedad.
El decreto presidencial establece que el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal estarán obligados a notificar a Migraciones sobre “todo auto de procesamiento firme, cierre de la investigación preparatoria o acto procesal equiparable y de toda condena por delito penal dictada contra un extranjero, en el plazo de 5 días hábiles de producido”. Quienes no cumplan, son susceptibles de ser sometidos a juicio político.
Entre las incorporaciones se encuentra que si un inmigrante hubiese pagado para ingresar a territorio argentino, pese a que ello configura un delito, en caso de colaborar con información para dar con un traficante de personas podrá requerir la residencia.
Además, el texto oficial aumenta los años de prohibición para el reingreso al país tras concretarse la expulsión, que era de cinco años mientras que ahora se fijó en ocho años por delitos dolosos y cinco por delitos culposos.