Al liquidarse una deuda en la moneda estadounidense, el magistrado dispuso una instancia en lo que pactaron las partes por el capital y la base económica de los estipendios actualizada para el momento de la regulación, según lo establecido en la Ley Arancelaria
En sentencia emitida por el Juzgado Civil, Comercial y de Familia de 2ª Nominación de la ciudad de Marcos Juárez se confirmó que una deuda establecida en dólares estadounidenses se convertiría a moneda local utilizando el valor equivalente en pesos, según el tipo de cambio del Banco de la Nación Argentina (promedio comprador/vendedor) al cierre del día hábil inmediato anterior al vencimiento, lo cual fue acordado en documento por las partes.
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