Una resolución del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (Colproba) determinó que la inviolabilidad del estudio profesional trasciende el ámbito edilicio y debe extenderse a equipos informáticos, computadoras, tablets y smartphones.
La decisión se plasmó en la Circular Nº 6748, que determinó que la inviolabilidad del estudio profesional y/o jurídico trasciende el ámbito edilicio y debe extenderse a equipos informáticos, computadoras, tablets, smartphones, comunicaciones por cualquier medio, plataformas donde el profesional almacene documentación, servicios de mensajería instantánea y/o correo electrónico, servicios de almacenamiento en la nube o físicos, redes sociales y afines donde pueda existir información compartida por algún justiciable con su letrado y en tal sentido amparada por el secreto profesional.
el citado artículo 69 de la Ley 5177 establece que: “El estudio profesional es inviolable, en resguardo de la garantía constitucional de la defensa en juicio y del secreto profesional”; y que “en caso de allanamiento dispuesto por autoridad competente, deberá darse aviso, bajo pena de nulidad, al Colegio de Abogados del domicilio donde se practique la medida, el cual podrá estar presente durante su realización”.