lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Enfermedad dictaminada como inculpable no califica para un juicio de trámite abreviado

DECISIÓN. El tribunal laboral dejó en claro la validez de la notificación cursada.
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Al coincidir con los argumentos del tribunal a quo y añadir conceptos propios, los vocales ratificaron que para este tipo de cuestiones litigiosas debe seguirse el procedimiento ordinario

La Sala 11ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba confirmó la denegatoria a la acción el Procedimiento Declarativo Abreviado (PDA) solicitada por trabajador y ordenó que la causa se tramite por la vía ordinaria, al argumentar que de los términos de la demanda, el certificado médico acompañado y la conclusión emitida en el dictamen de la comisión médica, se trata de un reclamo que no encuadra en el supuesto previsto en la normativa aplicable.

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