La Justicia le negó a S.T. llevar adelante un procedimiento de fertilización asistida con el esperma de su esposo fallecido.
En su momento, el médico de cabecera del hombre, enfermo de cáncer, le indicó un tratamiento de quimioterapia y le anticipó que la práctica era sumamente invasiva y que podía afectar su capacidad reproductiva. Por eso, junto a su pareja, decidió preservar su semen que quedó congelado hasta que la actora hizo su pedido para tener un hijo de ambos, solicitud que no tuvo éxito. Myriam Cataldi, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Numero 7, no admitió el reclamo porque concluyó que en el caso falta el consentimiento informado expreso del cónyuge para autorizar la fertilización post mortem (FPM).
Bajo esa premisa, enfatizó que hacer lugar al planteo habría afectado “a todas luces los derechos personalísimos del difunto”, entendidos como aquellos que “están íntimamente ligados con la persona y que son, por naturaleza, inherentes a ella y a su dignidad, a la vez que intrasmisibles”.
En su decisorio, Cataldi recordó que se está ante una “laguna” del derecho y le reclamó al Poder Legislativo que tome cartas en el asunto. “Es una temática que es de gran importancia que existe en el mundo real”, resaltó.
“A mi criterio, resulta imprescindible que la FPM sea expresamente regulada, estableciendo los requisitos que la legislación considere pertinentes, siendo respetuosa de los derechos de todos los involucrados”, manifestó la jueza.