El Juzgado Civil, Comercial, de Conciliación, Familia, Control, Niñez y Juventud, Penal Juvenil y Faltas de la ciudad de Arroyito declaró que la empleadora del progenitor está obligada a pagar las cuotas alimentarias adeudadas por el trabajador por haber omitido retenerlas de su salario, tal como había sido ordenado.
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