viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El TSJ evalúa autorizar la reapertura de cuatro sedes de tribunales del interior

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Se trata de Cruz del Eje, Villa Dolores, Cura Brochero y Deán Funes. El Alto Cuerto envió el protocolo sanitario al Centro de Operaciones de Emergencias para su análisis. En esas localidades  también se analiza habilitar el ejercicio de la abogacía, aunque no se autorizará la circulación de letrados provenientes de zonas no consideradas “blancas”

En el marco de una nueva fase del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) analiza la posibilidad de reabrir los tribunales cordobeses en las zonas denominadas “blancas”.
La decisión está sujeta a la previa autorización del Centro de Operaciones de Emergencias (COE) de la Provincia de Córdoba, que deberá decidir cuáles son esas localidades que están dentro de las excepciones al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y a la prohibición de circular.
Según pudo conocer Comercio y Justicia, no serán más de cuatro las sedes tribunalicias en condiciones de reabrir sus puertas: sólo Cruz del Eje, Villa Dolores, Cura Brochero y Deán Funes estarían dentro de las jurisdicciones habilitadas a trabajar. En dichas localidades, el COE podría asimismo habilitar el ejercicio de la abogacía.

Pese a todo, la actividad continuaría siendo muy limitada aún en estos tribunales, teniendo en cuenta que muchos abogados se trasladan de zonas aledañas y no estarán autorizados a circular sino provienen de esas “zonas blancas”.

Así las cosas, el esquema en tribunales seguirá siendo esencialmente una actividad a realizar vía remota. El TSJ enfatizó ayer en el acuerdo reglamentario N° 1623 que los tribunales no se encuentran de “receso” y, en cambio, ahora especifica un “servicio de justicia en la emergencia por razones sanitarias”.

Según estimó -en diálogo con este medio- el vocal del TSJ Sebastián López Peña, la actividad en tribunales llega hoy a 40% y destacó que el uso
del expediente digital superó 1.200%.

Para evaluar concretamente la actividad, el Alto Cuerpo anunció que se implementará, en lo sucesivo, un sistema de medición y rendición de cuentas de la productividad “por agente, oficina y tribunal”.
Cabe recordar que continuará la asistencia presencial de magistrados y funcionarios regulada por turnos, en todas las sedes tribunalicias.

En el marco de esta emergencia sanitaria, el TSJ resolvió mantener la declaración de inhábiles de los plazos procesales y administrativos hasta el 10 de mayo próximo inclusive, salvo para los
actos procesales y administrativos que fueren válidamente cumplidos.
Protocolos

En la acordada 1623 se aprobaron nuevos protocolos de trabajo que regulan la actividad en diferentes áreas de la administración de justicia: las asesorías letradas civiles de la ciudad de Córdoba, la justicia de Paz, los juzgados de Conciliación y las salas de la Cámara Única del Trabajo de Córdoba.

En el caso de los fueros Civil, Comercial y de Familia, el TSJ habilitó a sus magistrados y funcionarios a proveer y dictar resoluciones en los procesos que tramiten en soporte electrónico, resulten las presentaciones anteriores o posteriores al inicio del receso judicial extraordinario. Por supuesto, esto se limitará a que el proceso sea de imposible incumplimiento en virtud de las normas que rigen el aislamiento obligatorio.

La modalidad de actuación continúa siendo el teletrabajo. Los magistrados y funcionarios obtendrán despacho diario de las presentaciones electrónicas y deberán proveerlas. Las partes de común acuerdo podrán solicitar la reanudación de los plazos que se encuentran suspendidos y la
continuación del trámite, advierte el protocolo divulgado ayer por el Alto Cuerpo.
En tanto, para las asesorías civiles de Córdoba capital se habilita a los funcionarios a realizar las presentaciones que hubieran quedado a despacho al momento de dictarse el receso judicial extraordinario, y aquellas peticiones urgentes ingresadas luego del receso, sean ellas en soporte papel o electrónico y a efectuar y firmar las presentaciones cualquiera sea su rol realizados bajo la modalidad teletrabajo. También se las habilita a tomar audiencias mediante las herramientas informáticas.

Los funcionarios diariamente deberán consultar su “despacho electrónico” y proveer todas las solicitudes, dando prioridad a aquellas que hubieran sido peticionadas con carácter de urgentes donde se solicite habilitación de día y hora.

Fuero del Trabajo
El TSJ dispuso que mientras dure la emergencia, la Cámara Única del Trabajo seguirá con la conformación de un vocal y tres funcionarios -con despachos en la Sala 6a-, incorporándose un funcionario por cada una de las salas, quien prestará servicios en su respectiva dependencia.

Estos secretarios o prosecretarios integrarán el Tribunal del Servicio de Justicia de Emergencia y, además, organizarán y proveerán las causas de su sala natural que quedaron a despacho el 16 de marzo; además de remitir vía electrónica tanto a magistrados, funcionarios y abogados todas las constancias de los expedientes que les fueren requeridos para su estudio.

La acordada aclaró que cada secretaría de las distintas salas cuenta con espacio físico independiente, por lo cual quienes asistan no tendrán contacto alguno entre sí, hasta tanto se supere la situación excepcional.

El TSJ amplió, a su vez, las funciones en los juzgados de Conciliación atento a las ventajas de la tramitación como “expediente electrónico” de un alto porcentaje de causas existentes a la fecha. A partir de ahora, los magistrados y funcionarios podrán decretar y firmar las presentaciones que hubieran quedado a despacho al momento de disponerse el receso judicial extraordinario -sean ellas en soporte papel o electrónico-, firmar decretos, autos y sentencias realizados bajo la
modalidad teletrabajo y cambiar la operación y ubicación de los expedientes “pendiente” a “realizada”, y “despacho” a “casillero” respectivamente, sean estos electrónicos o soporte papel; y protocolizar resoluciones. También decretar y firmar las peticiones urgentes que se soliciten, notificar por e-cédula dando prioridad a las cuestiones urgentes y tomar audiencias mediante las herramientas informáticas.

Comentarios 1

  1. Oscar Pereyra says:

    La apertura de tribunales solo de cuatro sedes es ilegítima; no se concibe que haya justicia para algunos y otros no. Se debiera abrir con distintas precauciones, según los lugares en la totalidad de la Pcia. De lo contrario se afectan distintos principios jurídicos, creando privilegios, el derecho de acceder a la justicia es de todos los ciudadanos son distinciones

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