El TSJ cordobés reparó que la falta de respuesta de la aseguradora de riesgo no significó implícitamente que consintiera el porcentaje de incapacidad permanente del trabajador reclamante
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) -al advertir que la aceptación tácita de la demandada, la Segunda ART SA, se debió a una incapacidad temporaria- reparó el error de la instancia anterior e hizo lugar a la casación, revocando la condena.
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