lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El nuevo Código Civil y Comercial podría convertirse hoy en ley

DIPUTADOS. La Cámara baja necesitará 118 diputados para abrir la sesión y comenzar a discutir el proyecto impulsado por el Gobierno nacional.
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Se da por descontado que el oficialismo logrará el quórum para abrir el debate. Para la oposición, su tratamiento es inconstitucional. Presentaron un amparo y esperan que la Justicia frene el tratamiento del proyecto.

La bancada del Frente para la Victoria de la Cámara de Diputados buscará convertir en ley hoy el proyecto de reforma y unificación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que presenta innovaciones en temas como fertilización asistida, matrimonio, divorcio y uniones por convivencia, entre otros puntos.

Para el mediodía, cuando se iniciará la sesión, en el bloque que preside Juliana Di Tullio aspiran a haber reunido entre 134 y 136 diputados, con lo que superarían los 129 que marcan el número necesario para iniciar una sesión.

Para alcanzar el quórum, el oficialismo cuenta a los 118 diputados propios, a los siete del Frente de Santiago del Estero, a los tres de Nuevo Encuentro, tres del Movimiento Popular Neuquino, uno del PJ La Pampa, dos de diferentes partidos provinciales fueguinos; y la posible presencia de la ex aliada del piquetero Raúl Castells, Ramona Puchetta, y del sindicalista de la CGT de Hugo Moyano, Omar Plaini.

Esos mismos diputados serían los que, horas después, votarían a favor del proyecto, teniendo en cuenta que la oposición realizará las objeciones reglamentarias en el primer tramo de la reunión y luego decidirá si se retira de la sesión o si permanece hasta el final para votar en contra.

“No se puede tratar en la Cámara un proyecto sin dictamen de comisión, salvo sobre tablas con una mayoría especial. El proyecto está vigente pero, para ser tratado, requiere un dictamen en el que hayan intervenido los actuales diputados de la entidad y no otros anteriores que ya no pueden asesorar sobre qué cosa hacer”, señalaron los diputados de la mayoría de los bloques opositores en una nota enviada a la Presidencia de la Cámara y anticipando lo que hoy plantearán en el recinto.

Mientras tanto, y en un intento por frenar el tratamiento del proyecto de ley, la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, junto con su par Fernando Sánchez, presentaron el lunes un recurso de amparo.

En caso de prosperar el amparo impulsado por Carrió, el debate previsto para este miércoles debería suspenderse y el proyecto sería girado a las comisiones permanentes. “Tiene que pasar a la Comisión de Legislación General para ser discutido”, dijo.

No puede ser perfecto
En declaraciones a la prensa, el secretario de Justicia, Julián Álvarez, dijo ayer que el nuevo código “no puede ser perfecto”, pero pidió que sea sancionado para luego introducir las correcciones necesarias.

“Con el código sancionado, los abogados y las universidades, entre otros, van a tener un año y medio para estudiarlo. En ese tiempo vamos a poder tomar los temas que quedaron picantes y dar una discusión. No puede ser perfecto un código de esta envergadura”, destacó Álvarez.

“Está maduro el código para ser aprobado”, resaltó Álvarez, y aseguró que Argentina necesita “un código del siglo XXI”. El actual está vigente desde 1871.

Para llegar a su aprobación legislativa, el proyecto -presentado en marzo de 2012 por la presidenta Cristina Fernández- fue objeto de audiencias públicas que se realizaron en más de 20 ciudades del país, previo a que la comisión bicameral emitiera el dictamen.

Además del dictamen de mayoría, que lleva la firma del Frente para la Victoria, existen otros cinco de minoría pertenecientes a la UCR, el PRO, Unidad Popular, el Frente Peronista y Compromiso Federal (sector de Rodríguez Saa).

Algunos cambios fundamentales

Comienzo de la vida humana. El artículo 19 establece que “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”. Se eliminaron del proyecto las figuras que consagraban la fecundación post mortem y la maternidad subrogada (alquiler de vientres), que estaban contempladas en el texto original e inquietaban a la Iglesia.

Fertilización asistida y la propiedad indígena. Dos temas quedarán pendientes de regulación: la protección de los óvulos y la regulación de su uso en los casos de fertilización asistida, y la cuestión de la propiedad indígena.

Estatuto de adopción. Se modifica el estatuto de la adopción, permitiendo el acceso al derecho de personas solas o que no estén legalmente casadas. El juez debe resolver sobre la situación de adoptabilidad jurisdicción en el plazo máximo de noventa días.

Divorcio exprés. Se agiliza el trámite de divorcio y habilita a los cónyuges a realizar una separación de bienes previa a la concreción de la unión. Se mantienen, eso sí, la protección de los alimentos y de la vivienda. Se elimina el plazo mínimo para su procedencia y se habilita su petición por uno de los cónyuges.

Matrimonio igualitario y unión convivencial. Se incorpora la figura del matrimonio igualitario. Se regula la figura de la unión convivencial, que debe ser solicitada por ambos integrantes, con derechos similares a las del matrimonio. Además, los cónyuges podrán optar entre el régimen de comunidad de ganancias y el régimen de separación de bienes, por medio de acuerdos prenupciales.

Sociedades comerciales. El nuevo código permite las sociedades de un solo socio: nace la figura de sociedad unipersonal.

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