lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El monto del daño moral fue razonable y equitativo

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La Cámara interviniente consideró adecuada la conclusión a la que llegó el tribunal de mérito, luego de evaluar la prueba rendida

Luego de analizar las pruebas rendidas en la causa, en especial los dictámenes médicos que informaron que al actor no le quedarían secuelas permanentes por el siniestro padecido, la Cámara Civil y Comercial de 8ª Nominación de Córdoba confirmó la cuantificación de daño moral realizada por el juez de primera instancia, al considerarla razonable y equitativa.

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