Al sostener que fue correcta la conclusión del perito técnico oficial, respecto a que el hundimiento ocasionado en un inmueble contiguo a un lavadero de vehículos se inició por humedad excesiva ocasionada por el gran caudal de agua proveniente de ese establecimiento propiedad del demandado, la Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba rechazó los agravios de éste y confirmó la condena por daños y perjuicios en su contra.
En contra de la sentencia que había acogido la acción de G. G. en contra de D. L. I., condenando a éste a pagar $80.000 por daño emergente pasado y $3.362.538,02 en concepto de daño emergente futuro, más los intereses.
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