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El demandante debe tolerar los comentarios críticos de los lectores de un medio

30 noviembre, 2016
El demandante debe tolerar los comentarios críticos  de los lectores de un medio
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La Justicia sentenció a favor del diario. En el caso, el juez reclamante fue criticado por los usuarios de la web por una decisión que tomó en ejercicio de su función, en el marco de una investigación penal

El Superior Tribunal de Justicia de Tucumán falló a favor del diario La Gaceta y rechazó la demanda de un juez que pretendía ser indemnizado por los comentarios críticos de los lectores en una serie de notas publicadas en la versión web del matutino, acerca de su decisión de dictarle prisión preventiva a un acusado de homicidio.
A su turno, en 2009, Alfonso Arsenio Zóttoli -titular de la Sala I de la Cámara Penal de San Miguel de Tucumán- denunció al diario por las acotaciones que figuraban debajo de los artículos que reseñaban las medidas que dictó en la investigación.
El Máximo Tribunal confirmó el rechazo de la acción y señaló que los comentarios supuestamente lesivos vertidos en el foro de La Gaceta Online consisten en “opiniones o juicios de valor” realizados sobre el actor y su desempeño como magistrado, en el marco de notas periodísticas vinculadas con un pronunciamiento que emitió en ejercicio de su función.
En ese sentido, explicó que incluso cuando se interprete que los escritos de los lectores constituyen información falsa o insultos  difundidos en la plataforma virtual de la demandada, no es posible atribuirle responsabilidad, a la luz de la doctrina “Campillay” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Una expresión considerada como comentario no da lugar a una responsabilidad civil o penal a favor de las personas que ocupan cargos en el Estado”, enfatizó.

Asimismo, estimó que los hechos del caso evidenciaban que las expresiones de los foristas, que el actor interpretó como dañinas, no podían traer aparejada responsabilidad para el medio de comunicación, que se limitó a reflejarlas.
“Se observa que el foro de debate en la página web realiza una atribución sincera de la expresión a su fuente -es decir, cada persona que escribe- de modo que aquélla deja de ser propia del matutino”, enfatizó.
Así, el Alto Tribunal determinó que estaba transparentado el origen de la información, ya que se le permitía a los lectores relacionarla con la específica causa que la generó.
Además, para desvincular al accionado, destacó que en el proceso quedó demostrado que no hubo una conducta antijurídica atribuible al diario o a sus dependientes, ya sea por haber distorsionado las manifestaciones del emisor, realizado valoraciones personales o por haber asumido activamente la inexactitud o agravio. “Ninguna responsabilidad tiene el medio que sólo proporciona la plataforma para operar y reflejar los comentarios”, concluyó.

“Ninguna responsabilidad tiene el medio, que sólo proporciona la plataforma
para operar y reflejar los comentarios”, enfatizó el Alto Cuerpo tucumano.

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