El Juzgado Federal N°2 de Mendoza suspendió los artículos del DNU 70/2023 que autorizan la venta de medicamentos sin receta fuera de las farmacias y el expendio de fármacos sin la presencia de un profesional matriculado.
Lo hizo al admitir la acción de amparo que promovió el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza.
Las mandas en cuestión permiten la venta de medicamentos de “expendio libre” en lugares como kioscos, pero la cautelar que se dictó -que rige para todo el territorio- restituyó la plena vigencia del artículo 1 de la ley 17.565, de 1967, que restringe la comercialización y la permite exclusivamente en farmacias.
La decisión se dio en el marco de una serie de planteos impulsados por grupos de farmacéuticos que alegan que la desregulación afecta puestos de trabajo y derechos laborales, sanitarios y sindicales.
Cabe recordar que en enero pasado el Gobierno de Javier Milei publicó el decreto 63/2024, que comenzó a reglamentar el DNU 70/2023 en lo referido a la prescripción de medicamentos y su comercialización. Ahora, la disposición quedó suspendida.