Se le impuso a un hombre el uso de un aparato electrónico que se divide en dos partes, una deberá llevarla siempre consigo y la otra la tendrá su ex pareja para proteger su integridad psicofísica si los equipos detectan un acercamiento de menos de 1.500 metros
Por primera vez, en Córdoba se le impuso a un agresor el uso de un dispositivo dual de protección a la vida y a la integridad psicofísica de las víctimas de violencia familiar o de género.
La medida cautelar fue dispuesta por la jueza con competencia en Violencia Familiar y de Género, Laila Córdoba, en el marco de una causa en la que se investigan las denuncias formuladas por una mujer en contra su ex pareja.
En virtud de lo resuelto por la magistrada, a la víctima se le entregó un equipo electrónico (similar a un teléfono celular) que permite registrar cualquier acercamiento; mientras tanto, el denunciado deberá llevar consigo, en todo momento, otro equipo y una tobillera.
Lo dispuesto posibilitará que, si se detecta que media una proximidad inferior a 1.500 metros entre la denunciante y el denunciado, el dispositivo dual emitirá una alerta a un centro de monitoreo a cargo de la Policía provincial, que podrá intervenir inmediatamente.
Sobre el denunciado ya pesaba una orden de restricción y a la mujer se le había otorgado un botón antipánico.
No obstante, a raíz de una nueva denuncia, la magistrada consideró que ese mecanismo preventivo era insuficiente y, por las particularidades del caso, resolvió que resultaba más seguro disponer el empleo de la tobillera, en forma cautelar, durante 90 días.
Ese plazo, eventualmente, podrá prorrogarse si las circunstancias así lo aconsejaran.
Cabe aclarar que el sistema de protección no reemplaza al botón antipánico, sino que le ofrece a los órganos judiciales un nuevo recurso para garantizar la seguridad de las personas que denuncian episodios de violencia.
El protocolo para la implementación del mecanismo fue autorizado en diciembre pasado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) mediante el acuerdo reglamentario 144.
La norma establece que, como experiencia piloto, la entrega de los dispositivos duales será determinada por un juez con competencia en Violencia Familiar y de Género, que deberá evaluar los indicadores de gravedad registrados en el anexo del formulario de la denuncia, las constancias de la causa y el informe de riesgo elaborado por los Equipos Técnicos del Poder Judicial.
Las pautas de actuación fueron consensuadas por todos los órganos que intervienen en el abordaje institucional de la problemática.
Protocolo de actuación
El 28 de diciembre del 2016, el TSJ aprobó un protocolo de actuación que regula el uso de dispositivos duales.
– Las pautas fueron consensuadas con todos los organismos que intervienen en el abordaje institucional de la problemática, esto es, la Oficina de Coordinación de Violencia Familiar; la Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas del Ministerio de Justicia; el Equipo Técnico del Poder Judicial y el Departamento de Coordinación de Acciones contra la Violencia de Género de la Policía provincial.
– El protocolo de actuación establece que la víctima recibirá su dispositivo en el Polo Integral de la Mujer y que el presunto agresor será trasladado a una dependencia policial para la colocación de la tobillera y para que se le entregue otro equipo que deberá llevar consigo en todo momento.
– El dispositivo dual podrá retirarse si el presunto agresor ingresara a un centro carcelario o adujera razones de salud debidamente constatadas. En ese caso, deberán tomarse las precauciones necesarias para prevenir que se acerque a la víctima.