sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Directora y maestra de un jardín, procesadas por lesiones leves culposas

PRIMERA INFANCIA. Se habrían girado fondos a jardines sin rendición de cuentas.
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La madre de una nena que fue mordida por un compañero inició una causa penal. La pequeña sufrió heridas en la cara y el tórax.

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de la directora de un jardín de infantes y de una maestra auxiliar por el delito de lesiones culposas leves, a raíz de las heridas que sufrió una menor en el rostro y en la zona del tórax, a consecuencia de las mordeduras que le hizo un compañero de sala, de tres años.

Las encartadas se desempeñan en el Centro de Primera Infancia Cascabel de Niños, del barrio de San Telmo, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y quedaron a pasos de enfrentar un juicio oral y público.

Si bien lo sucedido es habitual, la Justicia consideró que las docentes violaron su deber de cuidado sobre los menores; ello así, ya que se acreditó que -mientras los chicos dormían la siesta- los dejaron solos, ya que la auxiliar se fue a la cocina y la directora había salido a hacer un trámite a un banco.

Pasaron 15 minutos y el llanto de la nena alertó a la maestra, que volvió a la sala, en donde constató que otro nene la había mordido y lastimado. En ese contexto, luego del hecho, que sucedió en septiembre del 2013, la mamá de la víctima inició la causa penal

La maestra se defendió asegurando que había ido a la cocina con un alumno, pero las porteras la desmintieron.

Para el tribunal, las imputadas eran garantes de la evitación del resultado, ya que como docentes contratadas por el Gobierno de la ciudad tenían como deber mínimo permanecer en su lugar de trabajo, en resguardo de la seguridad física de los menores.

Garante
En tanto, aclaró que las funciones que reglamentariamente fueron acordadas al cargo de auxiliar que poseía una de las procesadas no mitigaba su obligación de estar presente en el aula ni sus deberes de supervisión.

Para el tribunal, su accionar fue negligente, ya que era la única persona mayor que se encontraba en la guardería, ya que la docente a cargo se hallaba fuera de la institución.

“La imputada se encontraba en posición de garante, lo que la convierte en sujeto activo del delito de omisión impropia, pues tenía la responsabilidad jurídica de hacer lo posible para evitar la consecuencia lesiva”, enfatizó.

Las mujeres podrían recibir una pena de entre un mes y tres años de prisión o multa de mil a 15 mil pesos e inhabilitación especial por uno a cuatro años, pero es posible que accedan a una probation para evitar el juicio oral.

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