Mediante la resolución 81/10, el procurador General de la Nación, Esteban Righi, instruyó a los representantes del Ministerio Público para que notifiquen a las autoridades de aplicación a efectos de que tomen intervención en aquellas causas en las cuales el hecho que están investigando pudiera involucrar objetos o elementos que integran el “patrimonio cultural”.
La orden del funcionario recayó tras el pedido efectuado por el fiscal a cargo de la Unidad Fiscal de Investigación de Delitos Tributarios y Contrabando (Ufitco), Mariano Borinsky, que representa a la Procuración ante el Comité Argentino de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales.
A su turno, Borinsky informó que la protección jurídica de aquéllos no era eficaz ni eficiente, valorando que, en parte, ello se debe a la falta de conocimiento de la legislación nacional e internacional que protege el patrimonio cultural y, además, a la escasa coordinación y comunicación entre las autoridades que deben intervenir en esos supuestos.
La protección jurídica del patrimonio cultural está regulada en las leyes 25743 (de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico), 24663 (de Circulación Internacional de Obras de Arte) y 25197 (de creación del Registro Nacional de Bienes Culturales).
El procurador detalló que si se trata de bienes arqueológicos, los fiscales deberán notificar al Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano; que si son elementos fósiles habrá que dar noticia al Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia, y que si éstos tienen valor histórico la notificación deberá cursarse a la Secretaría de Cultura.