Mediante allanamientos realizados en locales comerciales que evidenciaron la puesta en venta de productos con marca fraudulentamente imitada, el Juzgado Federal Nº 2 de Córdoba dictó el procesamiento en contra de dos imputados que infringieron la ley de marcas y designaciones.
En la causa caratulada como Porcel José Antonio; Cava Osvaldo Pablo pssaa infracción artículo 31 inciso “d” Ley 22362, “los nombrados eran los propietarios y/o encargados o titulares de los locales allanados, surgiendo dichas circunstancias de las actas de secuestro de las que se desprendió que los mismos estuvieron presentes en el momento del allanamiento en carácter de dueños de sus respectivos comercios, sin oponer reparos a procedimientos”, confirmó el juez Alejandro Sánchez Freytes.
Al respecto, se dijo que la doctrina considera que “este delito lo cometen quienes se dedican a la venta, y que comprende todo los actos que preceden, realizan o contribuyen a realizar dicho acto comercial”, diferenciando “que la puesta en venta equivale a la exposición de venta, consumándose la acción con o sin exhibición o publicidad”.
“Es suficiente que la mercadería esté en el local del negocio o en sus depósitos, ya que la venta se formaliza con sólo ser solicitado por el comprador”, agregó el magistrado.
En cuanto al aspecto subjetivo, se añadió que se exige que el autor tenga noción de la imitación fraudulenta de la mercadería que vende e o pone en venta. “Dicho conocimiento se deduce de la calidad de comerciante de los encartados y del saber que se debe suponer tiene, de la procedencia de los artículos destinados a la venta del consumidor el local comercial de su propiedad, de la notoriedad de la marca ‘Levi’s’ –firma ampliamente conocida en plaza-, y de la falta de documentación respaldatoria de la mercadería cuestionada”, se concluyó.