Se ponderó que el vendedor estaba obligado a explicitar claramente el costo financiero que asumía el consumidor, como una forma de completar la información que necesita a la hora de otorgar su consentimiento
Al considerar abusiva la fijación de un interés de uno por ciento mensual acumulativo para la financiación de una deuda en dólares estadounidenses, por la compra de un departamento en un complejo habitacional, construido por la empresa desarrollista Gama SA, el Juzgado de 28ª Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba ordenó la morigeración dicha tasa mandando a recalcular los términos de los boletos de compraventa celebrados entre las partes, bajo las pautas de actualización de un interés de 8% nominal anual, determinándose el valor de cada cuota, de modo tal que se pueda establecer la existencia de saldo y, de haberlo, señalar a favor de quién es el mismo.
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