Con relación al apropiamiento de un inmueble en Arroyito, el Alto Cuerpo fijó el parámetro que publica el Banco Central y le añadió 6% anual como plus. La cámara había aplicado el mismo indicador pero sumándole 2% mensual
En un pleito de expropiación, la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) anuló la resolución de la cámara a quo respecto del interés moratorio al que había sido condenada la Provincia para el pago del saldo expropiatorio adeudado desde que fue desposeído y ordenó como justo, dada la convergencia de intereses públicos y privados en este tipo de pleitos, establecer la tasa de interés pasiva que publica el Banco Central con más un plus de 6% anual.
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