El juez Daniel Horacio Brain, de la Sala 10ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba, señaló que la decisión de cesantear al empleado no tuvo equivalencia con el error cometido en sus labores
A l valorar que los hechos utilizados como causa para despedir, basados en una negligencia en las labores del actor, no eran suficientemente gravosos para dar por concluido el contrato de trabajo en la forma en que lo instrumentó la ex empleadora Miguel Becerra SA, la Sala 10ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba consideró que la cesantía con invocación de justa causa comunicado por la demandada no resultó legítimo y acorde a derecho, porque fue desproporcionada con relación al incumplimiento contractual cometido por el trabajador.
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