En la causa “Comunidad Mapuche Barrio Los Eucaliptus (MC) c/ EN-M Economía-Indec s/Amparo Ley 16986”, el Juzgado Contencioso-administrativo Federal 4 rechazó la pretensión de una comunidad mapuche que pretendía frenar la impresión de los formularios del censo por considerar que algunas de las preguntas resultan discriminatorias.
El Juzgado, a cargo de Rita Ailán, explicó que “el censo reviste máxima importancia, debido a que las decisiones, planes de gobierno y políticas de Estado deben basarse en un conocimiento preciso de la población, hogares y viviendas en términos de cantidad y distribución territorial, sus características demográficas, educacionales y habitacionales, entre otras”.
Asimismo, “constituye el principal insumo para la obtención de muestras estadísticas de las diversas entidades geográficas y territoriales, las que permiten efectuar mediciones sobre la evolución de las características sociodemográficas y económicas de la población en los períodos entre censos”, agregó.
Sobre el formulario de Indec, la jueza destacó que “los actos emanados de la Administración gozan de presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria, razón por la cual, en principio, ni los recursos administrativos, ni las acciones judiciales mediante las cuales se discuta su validez suspenden la ejecución del acto cuestionado”.