viernes 22, noviembre 2024
viernes 22, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Descartan una supuesta violación de secretos en la causa Río Turbio

ESCUCHAR

Carlos Stornelli y Carlos Pagni fueron denunciados por la presunta filtración de datos vinculados a la detención de Julio de Vido, ex ministro de Planificación. Ahora, la alzada confirmó que no delinquieron

La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el sobreseimiento del fiscal Carlos Stornelli y del periodista Carlos Pagni en el marco de la causa Río Turbio, en la cual se investigan presuntas defraudaciones al Estado en la puesta en marcha de la mina de carbón ubicada en Santa Cruz.
Stornelli y Pagni fueron denunciados por supuesta filtración y difusión de información vinculada al pedido de detención y desafuero de Julio de Vido, ex ministro de Planificación, entre otros implicados.
Al avalar el fallo del a quo, los vocales Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia resaltaron que en el proceso no se había dictado el secreto de sumario y recordaron la naturaleza pública que tiene un dictamen fiscal presentado en el marco de una investigación con relevancia institucional de presuntos hechos de corrupción.
Para respaldar su postura, citaron precedentes judiciales y previsiones de la Convención contra la Corrupción, que aluden a la publicidad de información como la que se reveló en el caso.
Además, sostuvieron que no podía proseguirse con la instrucción en protección de la reserva de las fuentes periodísticas.

En ese sentido, afirmaron que -incluso si hipotéticamente se aceptara el argumento de la querella sobre el tenor de los datos- lo cierto era que se desconocía la fuente que los habría brindado, un hecho reconocido por la propia parte. “Los cursos de acción concretos que se proponen, además de no aparecer a priori conducentes a los fines promovidos, encuentran un escollo normativo para su producción”, acotaron los vocales.
“Se ha descartado la admisibilidad constitucional de recorrer líneas de investigación que constituyan un camino para obtener elípticamente aquella información que, en el legítimo ejercicio de un derecho, recibe y difunde un periodista”, estableció el tribunal en otro tramo de su fallo, explicando que la razón para ello radica en que entre los aspectos esenciales de la libertad de prensa se inscriben el acceso libre a las fuentes de información, la posibilidad de recoger noticias, transmitirlas, difundirlas y de resguardar razonablemente el secreto de la fuente de la que se han obtenido.

El 21 de marzo, Stornelli fue apartado de la causa Río Turbio por temor a la pérdida de objetividad, luego de dos años al frente de la pesquisa.
La decisión la tomó el juez federal Luis Rodríguez, quien admitió la recusación promovida por el ex subsecretario de Coordinación del Ministerio de Planificación, Roberto Baratta, a quien el agente ordenó detener.
La defensa del ex funcionario sostuvo que sus asistido no tenía garantía de que el fiscal fuera objetivo.
Rodríguez le dio la razón y sostuvo que Stornelli utilizó como prueba contra el ex número 2 de De Vido convenios que el funcionario no firmó.

Infundado
Días después, la Oficina Anticorrupción (OA) apeló el fallo del magistrado y lo calificó de infundado, arbitrario, inconsistente, contradictorio y carente de fundamentación.
Para el organismo que conduce Laura Alonso, el juez se limitó a transcribir, primero, y a reescribir, después, los argumentos del defensor.
Según la OA, la decisión revelaba la existencia de una cuestión funcional con el representante del Ministerio Público, “ajena a un correcto desempeño judicial”.
“La mentada pérdida de objetividad está reducida a la certeza o inexactitud de una de las numerosas afirmaciones de los escritos que sostienen la acusación contra Baratta”, expresó la OA, querellante en el proceso.
Además, consideró que el cuestionamiento de Rodríguez pasaba por “un mero desacuerdo” con los argumentos utilizados para fundar el pedido de prisión preventiva.
“Ante la falta de un fundamento razonable expreso en la decisión sólo puede suponerse que o bien hay una cuestión personal del juez con Stornelli (que, por inaceptable, basta para su apartamiento) o bien hay alguna otra motivación que no se puso de manifiesto, lo que es igualmente grave en términos institucionales”, agregó el organismo en su reclamo.
El año pasado, Stornelli pidió la detención de De Vido, de Baratta y de otros encartados, que fue rechazada por Rodríguez. Luego, la Cámara Federal dispuso la detención del ex funcionario y el magistrado los procesó.
Si bien fue apartado, el agente podría volver a intervenir al caso, ya que a principios de mes el juez de la Cámara Federal Eduardo Farah hizo lugar a su recurso de queja para revisar la decisión de Rodríguez.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?