El tribunal de Alzada determinó que las lesiones obstétricas por maniobras urgentes de extracción no conducen, por sí solas, a determinar la culpa del médico por no hacerle una cesárea a la demandante.
La Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo a una pretensión resarcitoria presentada contra el Hospital General de Agudos Francisco Santojanni y galenos del área de obstetricia.
La actora alegó en su reclamo que los médicos incurrieron en mala praxis al momento asistirla en el parto de su hijo.
Sin embargo, la Alzada avaló lo resuelto en primera instancia y determinó que de la valoración conjunta de los elementos de convicción que obraban en la causa no surgía la mala práctica médica alegada en la demanda ni la configuración de los presupuestos de la responsabilidad civil.
Así, determinó que el obrar de los profesionales que realizaron las maniobras de extracción urgente del niño por nacer no vulnearon la “lex artis”, aun cuando el pequeño quedó con indiscutibles secuelas.
Prioridad
“La lesión obstétrica del plexo nervioso se produjo al efectuarse maniobras de extracción urgente del niño por nacer; en partos difíciles o de carácter patólogico debe priorizarse la vida del ser por nacer y facilitar su expulsión y posterior sobrevida”, reseñó la Cámara.
Además, plasmó que a veces se requieren procedimientos que causan aquel daño, acotando que en esos casos el estado de necesidad obliga al partero a ocasionar un perjuicio menor para evitar otro mayor, como la muerte del recién nacido u otras complicaciones que puedan implicar a la madre.
“Frente a la historia clínica, las maniobras fueron las adecuadas para acelerar el parto y preservar la vitalidad del niño, evitando riesgos mayores, tal como se expusiera en el informe presentado”, destacó, acotando que en el documento se estableció que en circunstancias especiales es posible que también en niños nacidos por cesárea pueda haber parálisis braquial obstétrica.
“No sólo los peritos intervinientes sino la institución consultada han descartado que resultara indicación inexcusable en el caso una operación cesárea”, puntualizó la Alzada.
Paralelamente, indicó que las contundentes conclusiones de los expertos fueron avaladas por la Sociedad de Obstetricia y Ginecología, que opinó que el hecho de que el feto sea de grandes dimensiones no hace aconsejable, per se, recurrir al procedimiento de la cesárea.
Sumado a lo dicho, señaló que la madre tenía antecedentes de anemia y trastornos de coagulación y subrayó que la decisión de recurrir o no a una cesárea es competencia del médico obstetra.
“Tratándose de una demanda de mala praxis, en el campo de la medicina nunca puede descartarse que el resultado dañoso pueda obedecer a factores y elementos generadores diversos a la actuación profesional”, valoró la Alzada, concluyendo que si bien a los fines de admitir el reclamo efectuado no es exigible la prueba de certeza absoluta de la conducta de la parte accionada, en el caso no había razones fundadas para apartarse de las conclusiones a las que arribaron los peritos.
El tribunal dictó su fallo en la causa “P. M. F. c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros”.