lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Delitos ambientales: hay una nueva propuesta de reforma del Código Penal

INCENDIOS. El factor humano siempre está en la mira.
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Hace poco menos de un año se presentó un proyecto para incorporar al ordenamiento el delito de “ecocidio”. Ahora, legisladores de la oposición plantean que se necesita tipificar conductas

En julio de 2022, la Asociación de Investigadores de Derecho Penal Ambiental y Climático (Aidpac), fundada por Dino Bellorio Clabot, decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Belgrano y liderada por el profesor de la alta casa de estudios Miguel Ángel Asturias, propuso incorporar el delito de ecocidio al Código Penal (CP), con penas de hasta 20 años de prisión para las personas físicas y de suspensión de actividades para las empresas.

La iniciativa tomó el modelo de otras que ya se promovieron en países como Bielorrusia, Francia, Georgia, Kazajstán, Kirguistán, Moldavia, Rusia, Tayikistán, Ucrania y Vietnam.

En tanto, en Latinoamérica, algunas jurisdicciones mexicanas ya sumaron la figura a su legislación y hay proyectos al respecto en Brasil, Chile y Ecuador.

El año pasado, el Parlamento Europeo resaltó la necesidad de legislar el ecocidio -al que define como un acto ilícito y arbitrario perpretado a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que cause daños graves que sean extensos y duraderos al medio ambiente- en las normas internas y estados como Bélgica y España están trabajando en ello.

La propuesta de la Aidpac contempla una escala de prisión de tres años y seis meses a 10 años a quien cometa cualquier acto ilícito o arbitrario que pueda causar daño grave, extenso o duradero al ambiente, que será de ocho a 20 años si aquél efectivamente tiene lugar.

Las penas aumentan si interviene en la ejecución del delito un funcionario público o existe una conexión con una organización criminal internacional; si se comete en una zona protegida o una reserva natural; si resulta en la muerte o lesiones graves o gravísimas de personas o afecta bienes de organizaciones públicas o privadas.

También prevé que si interviene o se beneficia una persona jurídica cabe la imposición de una multa equivalente a de dos a 10 veces el valor del posible daño, junto con la obligación de restablecer la afectación del ambiente; la suspensión total o parcial de actividades o de participar en concursos o licitaciones estatales; la cancelación de la personería y la pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviera, entre otras sanciones.

Colapso

Como ejemplos de crimen ambiental, Asturias, el impulsor de la iniciativa, citó los incendios forestales intencionales en nuestro país y en el Amazonas; la extracción indiscriminada de recursos naturales; el tráfico ilícito de flora y fauna; la contaminación del agua, la tierra y el aire; la pesca ilegal y el tráfico de recursos naturales como metales y piedras preciosas, entre otros.

“El grave daño y la destrucción masiva de los ecosistemas, es decir, el ecocidio, cometido durante décadas y sin una ley que lo sancione, es una de las causas de la actual crisis ambiental y climática, así como del colapso de la biodiversidad”, sentenció el docente

“Si bien la incorporación del ecocidio como crimen no es la única solución para combatir los delitos ambientales, resulta la piedra angular para proteger la vida en nuestro planeta”, estimó.

Ahora, los diputados Facundo Manes y Margarita Stolbizer presentaron un proyecto para incorporar delitos ambientales al CP.

Plantearon que gran parte de las problemáticas existentes son causadas por actividades humanas y que ante la carencia de tipificación quienes provocan estragos en los ecosistemas, la biodiversidad y la salud de las poblaciones no pueden ser investigados y condenados por los jueces o que, si son incriminados, hay limitaciones propias de la ausencia de una legislación que califique con precisión las conductas que se reprochan y las penalidades que deben aplicarse.

Los autores del texto sostienen que la grave crisis ambiental que padece la Argentina, agravada por los incendios y el crecimiento del desmonte, hace necesario contar con herramientas legales efectivas para perseguir y reprimir a los responsables de los crímenes ambientales.

También recordaron que el país carece de una tipificación mientras que en el mundo las normas al respecto son numerosas.

“La ley traería solución a varios de los problemas ambientales ya que se pasaría a penalizar hechos que actualmente no tienen respuesta para la persecución y sanción penal”, sostuvo Manes.

“Sin la tipificación de delitos que protejan este bien jurídico de modo autónomo, las agresiones más duras al entorno quedarán impunes”, sumó el médico.

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