La sala I de la Cámara Federal Penal porteña declaró anoche inconstitucional el “Memorándum de Entendimiento” firmado por el Gobierno nacional con las autoridades de la República Islámica de Irán para que la Justicia argentina pudiera interrogar en ese país a los cinco ciudadanos de esa nacionalidad imputados por su presunta responsabilidad en el atentado de 1994 contra el edificio sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA).
La decisión fue tomada por los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Farah. El tercer integrante de la sala, Eduardo Freiler, no firmó el fallo. En una extensa resolución, el tribunal dio vuelta la ratificación inicial del acuerdo firmada el año pasado por el juez de la causa AMIA, Rodolfo Canicoba Corral. Pero ese fallo fue apelado tanto por la AMIA como por la Delegación de Asociaciones Israelitas (DAIA) y el fiscal Alberto Nisman. Los denunciantes y el fiscal opinaron que el acuerdo firmado por el canciller Héctor Timerman viola diversas garantías constitucionales.
Ahora quedará la posibilidad de que el Gobierno apele la decisión del tribunal a la Cámara Federal de Casación Penal o directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Este tribunal había dispuesto que el amparo de AMIA y DAIA se tramitara en el juzgado de la causa por el atentado y no en el fuero en lo Contencioso-administrativo Federal, donde había sido planteado originalmente.
Además, el tribunal ratificó la vigencia de los pedidos de captura de los ciudadanos iraníes investigados y pidió a Interpol mantener las “circulares rojas” de prioridad de búsqueda de los sospechosos.