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Darán veredicto en juicio por el secuestro y asesinato de Matías Berardi

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El veredicto del juicio que se le sigue a Alexia Souto Moyano como acusada de haber participado del secuestro extorsivo y asesinato de Matías Berardi, el adolescente de 16 años capturado en Escobar, mantenido en cautiverio en Tigre y ejecutado en Campana en 2010, se conocerá este miércoles 2 de noviembre en los tribunales federales de San Martín.

Fuentes judiciales informaron que la audiencia comenzará a las 9 con las «últimas palabras» de la imputada, cuya defensa solicitó la absolución.

Luego, el Tribunal Oral Federal (TOF) 3 de San Martín dará a conocer el veredicto.

En su alegato de la semana pasada, la defensora oficial Diana Bergel pidió subsidiariamente que, de ser condenada, Souto Moyano reciba una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional como coautora del secuestro, cometido cuando ella era menor de edad.

La acusada ya fue absuelta en el primer juicio realizado en 2013, en el que fueron condenadas otras diez personas, entre ellas sus padres, a penas de entre 17 años de cárcel y prisión perpetua.

Para la defensora, «los verdaderos responsables del delito ya fueron identificados, fueron juzgados y hoy se encuentran cumpliendo una pena por el aberrante hecho que han cometido» y «no se probó de ningún modo a lo largo de este juicio ni del anterior, algún aporte, algún acto ni algún comportamiento concreto por parte de Alexia en los hechos que se están investigando».

«Tampoco se probó el conocimiento de ella acerca de la presencia de Matías en el lugar, todo lo que se sostuvo en este debate entiendo que son meras especulaciones: `debió haber escuchado, ‘debió saber’ pero nada de esto se probó señores jueces, menos alguna acción», agregó.

En jornadas anteriores, también al alegar en el juicio, el fiscal Eduardo Codesido pidió que Souto Moyano sea condenada a 6 años y 8 meses de prisión por el delito de «secuestro extorsivo agravado por el empleo de arma de fuego, por tratarse la víctima de un menor de edad y por el número de intervinientes».

Mientras que los abogados Eduardo Durañona y Santiago de Jesús, representante de la familia Berardi, requirieron una pena de 20 años de cárcel y su inmediata detención por «secuestro extorsivo seguido de muerte agravado por tratarse la víctima de un menor de 18 años y por la cantidad de partícipes».

Con 16 años, Matías Berardi era el mayor de cuatro hermanos y cursaba el quinto año del colegio Saint George de Escobar cuando la madrugada del 28 de septiembre de 2010 regresaba de una fiesta de egresados en la Capital Federal y se bajó de una combi en Panamericana y Ruta 26 para volver a su casa en ese partido del norte del conurbano.

Según surgió de la investigación, Matías fue secuestrado por un clan familiar que lo mantuvo en cautiverio en una casa de la avenida Sarmiento 407 de Benavídez, partido de Tigre, desde donde se realizaron los primeros llamados extorsivos a sus padres para exigirles un rescate de 30.000 pesos.

Pero tras pasar 14 horas cautivo, el adolescente logró escapar, salió a la calle y pidió ayuda a los vecinos, a quienes les dijo que lo tenían secuestrado, aunque no logró que nadie lo refugiara y la banda lo recapturó y decidió asesinarlo.

No obstante, antes de hacerlo, los secuestradores llamaron por última vez para saber cuánta plata había reunido la familia, que exigió una prueba de vida que nunca llegó.

El cadáver de Berardi fue hallado al día siguiente en un camino de tierra a 300 metros de la ruta 6, en Campana con un tiro efectuado con una pistola 11.25, que ingresó por el omóplato derecho y le ocasionó la muerte.

En el primer juicio de 2013, el TOF 3 de San Martín condenó a prisión perpetua al herrero Richard Souto -padre de Alexia- y a Néstor Maidana, Damián Sack, Gabriel Figueroa y Gonzalo Álvarez.

También a penas de 24 años de prisión a Ana Moyano -madre de Alexia-; a 17 años de cárcel a Jennifer Souto Moyano; a 19 a Celeste Moyano; a 21 a Federico Maidana y a 18 a Elías Vivas.

Los jueces de aquel debate no pudieron comprobar que Alexia Souto Moyano haya estado en el galpón donde estuvo cautiva la víctima, por lo que la absolvieron, aunque en 2016 esa decisión fue revocada.
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