El Juzgado en lo Contencioso-administrativo número 1 de La Plata, a cargo del juez Luis Arias, le ordenó a una obra social, como medida cautelar, garantizar la cobertura integral de un tratamiento de fertilización asistida. En el caso, se determinó que la extracción de células del cordón umbilical del futuro bebé permitirá que su hermano, de 4 años y enfermo de leucemia, pueda realizarse un transplante de médula.
Búsqueda
A su turno, una pareja presentó un recurso en contra del Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires.
Los actores aseguraron que, tras realizar una búsqueda de células compatibles con su hijo mayor por intermedio del Incucai, tanto en bancos nacionales como extranjeros, el resultado fue negativo y sostuvieron que, por ello, la única opción con posibilidades terapéuticas es la realización del tratamiento que peticionaron, con el fin de utilizar la sangre del cordón umbilical, la que será usada para la extracción de células hematopoyéticas que posibilitarán el trasplante.
En el fallo, el juez indicó que el tratamiento solicitado se presentaba como el único disponible para brindar al hijo de los demandantes una oportunidad de sobrevivir al padecimiento que lo afecta.
Además, el magistrado aclaró que no se estaba frente a un simple procedimiento de fecundación asistida peticionado en aras del derecho a la planificación familiar sino ante un tratamiento que tenía por fin curar a un niño gravemente enfermo.