En la causa se probó que el accionante quedó cuadripléjico, sin posibilidad de reinsertarse en un medio ambiente laboral, por lo cual necesitará toda su vida de un acompañamiento terapéutico
Con sustento en el derecho a la salud y la tutela especial que merecen las personas con discapacidad, en este caso una incapacidad total con la que quedó el actor al sufrir el siniestro vial por el cual demandó a la accionante, el Juzgado Civil y Comercial de 1º Instancia y 34ª Nominación de Córdoba no sólo estableció una condena por los daños existentes a la fecha de la sentencia, sino que ordenó que se resarciera al actor por los gastos futuros para su tratamiento médico.
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