Concluyen que la accionante no fue responsable de haber iniciado su demanda en la jurisdicción errónea. Argumentan fundamentos del procedimiento civil y comercial
Con sustento en los artículos 131 y 133 del Código Procesal Civil y Comercial de Córdoba (CPCC), aplicable por remisión del artículo 114 de la ley procesal laboral y dado que la demandante no fue culpable de haber iniciado su acción ante un fuero equivocado, la Sala 8ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba confirmó la imposición de costas por el orden causado en un allanamiento por incompetencia de jurisdicción presentado por la empresa Nucleoeléctrica Argentina SA.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.