Al validar que quedó acreditado el contrato de locación de una maquinaria entre la accionante Maquinarias e Implementos Agrícola Calchín SA y la demandada Doña Tita SA, y que el pago por ese alquiler se acordó en dólares estadounidenses, la Cámara 9ª en lo Civil y Comercial de Córdoba confirmó la resolución que condenó a la segunda firma a abonar el contrato comprometido, haciendo la conversión de la moneda extranjera a dólar MEP.
El tribunal integrado por los vocales Jorge Eduardo Arrambide (autor del voto), Verónica Francisca Martínez y María Mónica Puga, al analizar la apelación, indicó que el asunto partía de la existencia de un contrato de locación de cosa que, de acuerdo con las constancias del instrumento preimpreso acompañado “fue suscripto por el representante de la demandada respecto de un bien perteneciente a la accionante y cuya disponibilidad tenía”.
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