lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Confirman que productor radial y poeta abusó de su sobrina

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El acusado planteó que la joven denunciante tenía alguna clase de “padecimiento psíquico” y que había contradicciones en su declaración. La Alzada ponderó que el relato de la chica fue coherente a lo largo del proceso

La Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena a cuatro años de prisión que se le impuso en noviembre de 2017 al productor radial y poeta Mariano del Corso, por el abuso sexual gravemente ultrajante de su sobrina.

A su turno, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Número 12 estableció que el encausado agredió a la joven desde que era pequeña hasta su adolescencia, durante 13 años, en las distintas casas en donde vivió.

La causa se inició en 2014, cuando el padre de la damnificada (hermano del encartado) se presentó ante la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil (actualmente Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual de Niñas y Niños, a cargo del fiscal Aldo de la Fuente) y expuso lo que había sucedido.

Tanto en la investigación como durante el juicio la joven relató los episodios de abuso a los que fue sometida entre los cuatro y los 17 años y precisó que su pariente le repetía que “era un secreto”.

En los fundamentos del fallo de primera instancia se hizo hincapié en la evaluación psicológica que realizó la perito que participó de la Cámara Gesell, quien sostuvo que se trataba de “un relato verosímil” y que la víctima mostraba “ansiedad, angustia, sentimientos de vergüenza y culpa”.

También se tuvo en cuenta el informe realizado por una psicóloga del Cuerpo Médico Forense que observó “un registro consciente e inconsciente de maltrato físico de larga data”.

Además, el a quo explicó por qué los dichos eran creíbles y destacó que la exposición de la mujer “lució sincera y mesurada” y que brindó “detalles descriptivos de las maniobras abusivas, los ubicó en tiempo y espacio y aportó detalles centrales y superfluos”.

El juez Gustavo Bruzzone consideró que el tribunal que condenó a Del Corso llevó a cabo “una objetiva y racional valoración de los distintos elementos de prueba recabados en el asunto”.

En esa línea, destacó que los magistrados expusieron el testimonio de la adolescente y lo cotejaron con los informes realizados y con la declaración de su padre. “El análisis comparativo de esas diversas declaraciones permitió arribar a una primera conclusión en torno a la verosimilitud del relato de la joven en función de la persistencia que exhiben sus dichos, al haber manifestado una y otra vez lo mismo”, indicó.

El vocal remarcó que la damnificada se mantuvo firme sobre sus expresiones durante todo el proceso judicial y que aportó detalles que contribuyeron a demostrar su “compromiso con la verdad”.

Además, recordó que en la sentencia se descartó la versión presentada por el acusado por “la absoluta carencia de elementos probatorios”.

Del Corso había planteado que la joven podía tener algún “padecimiento psíquico” y que había contradicciones en su declaración, sin éxito.

Bruzzone recordó que los abusos sexuales suelen ocurrir en ámbitos íntimos y que no suele haber persona que puedan dar fe de lo ocurrido” y que, por ello, el estándar de prueba normalmente exigido en los expedientes se mide de un modo distinto. “Cuando se trata de víctimas menores de edad, la ponderación de su relato no puede ser llevada a cabo de la misma forma y bajo los mismos parámetros con los que analizan los dichos de los mayores, pues la exigencia de una narrativa histórica coherente, concatenada, descriptiva y lo más detallada posible en relación a un hecho pasado difiere en uno y otro caso, de acuerdo a las distintas capacidades cognoscitivas de los agentes que transmiten la información”, sostuvo.

Por ello, consideró trascendental la opinión de los expertos que realizan las entrevistas y enfatizó que “desde su especialidad” le aportan a los jueces “una herramienta auxiliar indispensable para la correcta valoración” de testimonios.

El magistrado remarcó que si bien la víctima no pudo dar precisiones exactas sobre fechas y horas, sí brindó un lapso temporal, los domicilios y detalles sobre modos y circunstancias y acotó que se probó que el acusado la sometió reiteradamente a “tocamientos indebidos”.

“Se trató de episodios con una indudable connotación sexual, y de carácter abusivo desde el momento en que la víctima, menor de edad al tiempo de su ocurrencia, no podía ni quería consentir libremente”, concluyó.

Hijos

Del Corso también es investigado por el presunto abuso sexual de sus dos hijos biológicos, de cuatro y seis años, se presentó hoy a la Justicia, tres días después de haber faltado a la indagatoria y mientras era buscado por la Policía.

La pesquisa, que también versa sobre exhibiciones obscenas y corrupción de menores”, la lleva adelante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Número 29 a cargo de Carina Rodríguez.

“Cuando se trata de víctimas menores de edad, la ponderación de su relato no puede ser llevada a cabo de la misma forma y bajo los mismos parámetros con los que analizan los dichos de los mayores, pues la exigencia de una narrativa histórica coherente, concatenada, descriptiva y lo más detallada posible en relación a un hecho pasado difiere en uno y otro caso, de acuerdo a las distintas capacidades cognoscitivas de los agentes que transmiten la información”. (Del fallo de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional)

 

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