La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de C. M., directora Técnica de una farmacia en Buenos Aires, por la venta y almacenamiento de medicamentos peligrosos para la salud.
El caso se originó en abril de 2023, cuando una cliente denunció ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) la compra de anticonceptivos con indicios de manipulación. Los blísteres del producto presentaban cortes en las fechas de vencimiento y otras señales de haber sido adulterados, lo que despertó la alerta de la denunciante.
A raíz de la inspección realizada por agentes de la Anmat, se descubrió en la farmacia una cantidad considerable de medicamentos con irregularidades, incluyendo productos vencidos, blísteres con fechas de caducidad cortadas y medicamentos cuyo lote y presentación habían sido alterados. Algunos de los productos incautados, según se constató luego, habían sido retirados del mercado por el ente regulador debido a la suspensión de su comercialización.
La defensa de C. M. argumentó que los medicamentos vencidos se encontraban debidamente separados en cajas destinadas para su destrucción, y que aquellos con fechas o lotes cortados eran de uso personal de los empleados de la farmacia, lo que explicaba su estado. Sin embargo, las inspectoras refutaron estas afirmaciones al señalar que los productos adulterados no se encontraban en las áreas destinadas a productos vencidos sino en estanterías junto a otros medicamentos disponibles para la venta al público.
Este hallazgo, sumado a la cantidad de medicamentos con irregularidades (13 con blísteres recortados y otros seis con folia borrada), puso en entredicho la versión de la defensa y apuntó a una posible intención de comercializar estos productos vencidos, más allá de su supuesta reserva para el uso interno de los empleados.
Además, la denuncia que motivó la inspección inicial se relacionaba directamente con la venta de un anticonceptivo cuyo blíster había sido manipulado para eliminar la fecha de vencimiento. Este hecho contribuyó a desvirtuar el descargo de C. M. y a respaldar la acusación de que los medicamentos estaban destinados a la comercialización, independientemente de su estado.
Peligrosidad
Un aspecto clave en la resolución fue la discusión sobre la peligrosidad de los medicamentos vencidos. La defensa argumentó que no se había demostrado que los productos fueran nocivos para la salud y que la Anmat había asumido esta peligrosidad solo por el hecho de que los medicamentos estaban vencidos. Sin embargo, el tribunal rechazó este argumento, basándose en informes que indicaban que, transcurrida la fecha de vencimiento, no puede garantizarse la efectividad ni la seguridad de los principios activos de los medicamentos.
En este sentido, el tribunal citó la interpretación del delito en cuestión, explicando que la peligrosidad para la salud no necesariamente debe derivarse de un envenenamiento o adulteración intencional de los medicamentos, sino que también puede surgir de causas naturales como el paso del tiempo, que afecta la efectividad y seguridad de los productos medicinales.
La cámara consideró que se cumplían los requisitos necesarios para sostener el procesamiento de C. M. por el delito de venta y almacenamiento de sustancias medicinales peligrosas para la salud. El fallo destacó que, aunque los medicamentos no habían sido adulterados de manera activa, su comercialización en un estado vencido representaba un peligro suficiente para la salud pública, lo que justifica la aplicación del tipo penal en cuestión.
Finalmente, se resolvió confirmar el fallo de primera instancia, manteniendo el procesamiento del imputado por su responsabilidad en los hechos. Este fallo refuerza el compromiso del Poder Judicial y las autoridades sanitarias en la protección de la salud pública, especialmente en lo que respecta al control de la venta y distribución de medicamentos, cuya seguridad y efectividad deben estar garantizadas para evitar posibles daños a los consumidores.