domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Confirman obligación de una desarrollista de escriturar un inmueble en un complejo

ESCENARIO. Los compradores de un departamento en el complejo desarrollado por Gama lograron un fallo favorable para que se les escriture la propiedad.
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La cámara interviniente entendió que el hecho de no contar con las habilitaciones no la exonera de ese trámite porque no demostró haber realizado lo necesario para obtener la dispensa en cuestión

La Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba rechazó el recurso de apelación presentado por al demandada Gama SA y confirmó la sentencia de primera instancia mediante la cual se ordenó a la desarrollista otorgar a la accionante escritura traslativa de dominio del inmueble en cuestión, bajo apercibimiento de que sea el propio tribunal el que lo haga de no cumplir el mandato judicial. Ello, en función de lo previsto en el artículo 1018 del Código Civil y Comercial (CCyC), en tanto y en cuanto la escrituración fuera jurídicamente posible.

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