El fallo resaltó que los ocupantes del inmueble, por más que se consideraran poseedores a título de dueños, no evidenciaron de qué forma ingresaron a él para considerar legal la ocupación
Los demandados en un juicio de desalojo limitaron su postura defensiva a la posesión animus domini del inmueble, sin manifestar ni acreditar bajo qué título o de qué modo adquirieron esa posesión para que no sea considerada ilegítima, de modo tal que pudiera serle oponible al actor. Así lo entendió la Cámara Civil y Comercial de Octava Nominación de Córdoba, que confirmó la sentencia del a quo que hizo lugar al desalojo, y sostuvo que las cuestiones posesorias exceden el debate en este tipo de pleitos, debiendo en todo caso los demandados desalojados recurrir a las vías pertinentes.
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