El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes confirmó la sentencia que condenó a dos años de prisión efectiva a un abogado por adulteración de documento público, en el año 2019.
Según los detalles de la causa, el letrado llevaba adelante una demanda laboral y fue encontrado responsable de la adulteración de la hora de una cédula diligenciada en 2012. Puntualmente, realizó dos adulteraciones: una sustitutiva y otra aditiva.
Los magistrados ponderaron el resultado de los peritajes, que mostró que “no existen dudas de que el autor de la adulteración de la cédula de notificación N° 685, librada en los autos: ‘A.i.b. c/Supermercado el P.o y/o z.y/o propietario y/o Resp. s/Indemnización Laboral’, Expte. GXP 9789/10 en trámite por ante el Juzgado Laboral de ésta ciudad, fue el traído a juicio, Dr. J.M.G.”.
El tribunal, por unanimidad, rechazó el recurso interpuesto por el abogado y entendió que la defensa realizó una interpretación parcial a fin de establecer una hipótesis exculpatoria del informe pericial, ya que “concluyó en un juicio negativo respecto a la identidad gráfica cuando en realidad la pericia no lo descartó pero tampoco lo afirmó, dado la escasez de elementos indubitados”.
El fallo, firmado por Alejandro Chaín, Eduardo Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz, sostuvo que en la instancia anterior se realizó un análisis acabado y completo de las pruebas; y que de la visión global y conjunta de los elementos de juicio descartaban una solución distinta a la actual.
Finalmente, los jueces consideraron que no son viables los agravios dirigidos a la mesura de la pena ya que, si bien podían no agradar a la defensa los dos años de prisión efectiva que impuso el Tribunal Oral Penal de Goya, la condena se encontraba fundada.