lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Confirman condena a 14 agentes penitenciarios por la muerte de un interno

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Están acusados de haber torturado hasta matarlo y luego encubrir el crimen, en una cárcel de Neuquén. El procurador Francisco Mugnolo lo calificó como un fallo histórico para “erradicar la impunidad que ampara la práctica de la tortura” en las unidades penitenciarias

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) confirmó la condena a 14 funcionarios del Servicio Penitenciario Federal (SPF) por haber torturado hasta la muerte al  detenido Argentino Pelozo Iturri y por haber encubierto el crimen.

El hecho ocurrió el 8 de abril de 2008 en la Unidad N° 9 del SPF, ubicada en la ciudad de Neuquén. La sentencia confirmada había sido dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) de Neuquén, en marzo de 2019. La Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) intervino como parte querellante.

La CFCP confirmó las condenas a prisión perpetua de los agentes Carlos Alberto Vergara, Orlando Horacio John, Pablo Ángel Muñiz, Javier Félix Pelliza, Pablo David Sepúlveda, Daniel Ulises Romero, José Lorenzo Retamal y José Walter Quintana, por considerarlos coautores del delito de imposición de torturas seguidas de muerte. Asimismo, confirmó la decisión de disponer la inmediata detención de los nombrados, luego de dictada la sentencia del TOF.

También fueron confirmadas las condenas de Héctor Oscar Ledesma, ex jefe de la U9; José Roberto Sosa, ex subjefe de la unidad, y Daniel Ricardo Huenul, ex jefe de Seguridad Externa e Interna, por los delitos de omisión de evitar la comisión de aplicación de torturas y falsedad ideológica calificada por la calidad de ser funcionarios públicos; la del ex jefe Regional Gabriel Eduardo Grobli, por los delitos de encubrimiento doblemente agravado por la gravedad del ilícito y por la calidad de funcionario público, omisión de denunciar la comisión del delito de aplicación de torturas y omisión de un acto propio de su oficio; y las del médico de la unidad, Juan Carlos Heredia, y el enfermero Miguel Ángel Carrilao, por el delito de omisión de denunciar, doblemente calificado por la índole del delito ocultado y por tratarse de funcionarios públicos. No obstante, con respecto a estos seis condenados, la CFCP resolvió anular las penas impuestas y reenviar la causa al TOF a fin de fije nuevamente la pena que corresponda a estos imputados, en atención de que —a su criterio— no habrían sido correctamente ponderadas algunas circunstancias atenuantes.

Al dictarse la sentencia, el procurador penitenciario, Francisco Mugnolo, destacó que, “sin lugar a dudas, se trata de un fallo histórico que contribuye significativamente a erradicar la impunidad que ampara la práctica de la tortura en las cárceles federales. El fallo de la CFCP ratifica la responsabilidad de los funcionarios del SPF condenados frente a una grave violación de los derechos humanos de un detenido”. Según señaló Mugnolo, “este caso debería constituir un punto de inflexión en la lucha contra la tortura en las cárceles de nuestro país”.

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