viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Condenan a una editorial por usar fotografía extraída de redes sociales

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La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una sentencia que responsabilizó a un portal de noticias por la utilización de una fotografía extraída de las redes sociales, sin autorización ni consentimiento, en las cuales se ilustraba con la imagen del accionante una nota en la que se cuestionaba “el accionar de personas que se exponen en las redes sociales exponiendo una vida que no es la real, de forma ficticia y poco honesta”.

El actor se sintió afectado por el artículo, en el que se publicó una serie de fotografías sucesivas y rotativas de él mismo participando en un evento, que fue publicado en el portal periodístico. El actor demandó a la periodista y a la editora.

Esta última manifestó, por su parte, que las imágenes cuestionadas eran de “fácil y libre acceso, por la configuración de privacidad con las que fueron publicadas” en las redes por el accionante, y que fueron tomadas del buscador Google con una consigna que responde al tópico de la nota, esto es, “felicidad, piletas, tragos”.

Concluyó que “mal puede pretender que se le requiera su consentimiento cuando su publicación ya fue consentida previamente y subida a las redes sociales de público acceso”.

La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda por considerar que “la conducta desarrollada por la demandada importó la lesión del derecho a la imagen del actor, pues utilizó las fotografías del actor sin que nada permita concluir que se configura alguna de las excepciones a las que alude el art. 31 de la ley 11.723.”. Esta decisión fue confirmada por la alzada.

Para los camaristas Claudio Ramos Feijoo, Lorena Maggio y Roberto Parrilli, el actor “en ningún momento consintió la difusión de su imagen” y la circunstancia de que haya hecho uso de su imagen en su perfil de la red social Facebook o que aquélla hubiera sido obtenida de Google “de ningún modo habilita a un tercero a que haga uso de ellas sin autorización del titular del derecho personalísimo”.

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