La Justicia de Río Negro condenó a un banco por incumplir la orden judicial de no descontar un préstamo a un cliente que fue víctima de una estafa telefónica.
La causa de originó luego de que un hombre de Villa Regina denunció penalmente que fue víctima de una estafa telefónica mediante la cual desconocidos accedieron a sus datos bancarios y tomaron un préstamo de $130.000 a su nombre.
Para evitar que el banco le comenzara a descontar las cuotas, el damnificado inició también un proceso civil y la jueza del caso ordenó a aquél, como medida cautelar, que “se abstenga de cobrar y/o debitar el préstamo” mientras avanzan la causa penal y el proceso civil principal, en el que se decidirá el fondo del reclamo del cliente al banco.
Éste no cumplió, ante lo cual el Juzgado Civil y Comercial de Villa Regina tomó cada débito realizado como un incumplimiento de la medida cautelar vigente. El afectado pidió que se le reintegre inmediatamente el dinero.
La jueza intimó a la entidad crediticia a devolver lo descontado, bajo apercibimiento de cobrarle 3.000 pesos de astreintes por cada día de demora injustificada en el cumplimiento de la restitución. Ante la falta de respuesta, la magistrada dictó una nueva medida mediante la que le impuso una multa de 66.000 pesos a favor del cliente, además de la prohibición de efectuar nuevos descuentos mientras esté vigente la cautelar y la orden de devolver todo lo debitado.
“Del análisis de las actuaciones queda de manifiesto la conducta adoptada por la entidad bancaria, la cual, en desmedro de la medida cautelar ordenada en autos, persiste con reiterados incumplimientos, deduciendo de la cuenta del actor los fondos y desconociendo la medida de no innovar ordenada”, sostuvo la jueza en su última resolución.