La Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba emitió una sentencia en el marco de una demanda presentada por un accionista de Foster SA, condenando al administrador de la empresa por su responsabilidad en el vaciamiento de la sociedad.
El fallo revoca decisiones previas que habían rechazado la acción de la actora y en su lugar le reconoce el daño patrimonial sufrido a raíz de la conducta antijurídica del condenado, D. A. E.
El caso fue impulsado por M. G. O., accionista de la firma mencionada, quien alegó que el administrador desvió los activos de la empresa a otra sociedad en la que él no tenía participación, lo que llevó a la disolución fáctica de la empresa y a un impacto directo en su patrimonio. La demanda se centró en la responsabilidad de E. por los perjuicios económicos sufridos como resultado de la desaparición de la empresa y el desvío de sus bienes hacia otra compañía.
Reseña
E. asumió la administración en diciembre de 2008 y mantuvo el control hasta 2011, período en el que comenzaron a surgir irregularidades en la gestión. El actor denunció que el administrador tomó decisiones unilaterales que incluyeron la venta o transferencia de propiedades, la compra de maquinaria sin registro, y finalmente, el vaciamiento total de la empresa. En su testimonio, O. afirmó que E. se llevó de manera oculta el lote completo de maquinaria, materias primas y equipamiento, sin notificar el destino de éstos.
El proceso judicial tuvo varias etapas antes de llegar al TSJ. En primera instancia, el juez de la 52ª Nominación en lo Civil y Comercial desestimó la demanda de O., alegando falta de pruebas suficientes. Este fallo fue confirmado en segunda instancia, lo que motivó al actor a presentar un recurso de casación.
El Tribunal Superior, compuesto por los jueces Marta Cáceres, Domingo Juan Sesin y Luis Eugenio Angulo, evaluó en profundidad las pruebas presentadas por el actor, con especial énfasis en los testimonios y la documentación que evidenciaban el vaciamiento de la sociedad. Uno de los puntos clave en la argumentación del tribunal fue determinar si los hechos atribuidos a E. durante su gestión como administrador habían sido suficientemente probados.
Aportes
El TSJ destacó que los aportes realizados por los socios y la constitución de Foster SA en 2006 estaban acreditados. Del mismo modo, se constató que la empresa había experimentado un crecimiento económico significativo en sus primeros años, con contratos de locación de obra y la fabricación de muebles y puertas para diversos proyectos. Sin embargo, a partir de diciembre de 2008, cuando E. asumió como presidente del directorio, comenzaron las irregularidades.
Entre las pruebas más contundentes figuraban testimonios de empleados y personas con vínculos comerciales con Foster SA. Estos testigos corroboraron que bajo las órdenes de E., se realizó una retirada masiva de bienes y maquinaria de la empresa. Algunos empleados fueron transferidos a otra empresa llamada Posymac, que, según los testimonios, fue creada como la continuadora de Foster SA, aprovechando los activos desviados.
El fallo valoró especialmente los testimonios que confirmaban el vaciamiento. Uno de los testigos afirmó que, bajo las órdenes del demandado, “se trató de sacar todo lo que se podía vender“, incluyendo maquinaria, productos en stock e incluso empleados, quienes luego fueron absorbidos por Posymac. Esta maniobra fue interpretada por el tribunal como parte de un plan deliberado para despojar a Foster de sus bienes y transferirlos a otra empresa, sin el conocimiento ni la participación del accionante.
En cuanto a las pruebas documentales, el fallo consideró que el propio E. había reconocido en una auditoría interna ciertas irregularidades, como retiros de dinero en concepto de adelantos de sueldo para su uso personal. Aunque E. había firmado un pagaré reconociendo sólo una pequeña parte de la deuda, esta acción no fue suficiente para subsanar el daño causado.
Conclusión
El TSJ concluyó que los hechos demostraban claramente la responsabilidad de E. en el vaciamiento de la empresa. En consecuencia, se resolvió acoger el recurso de apelación presentado por el actor, revocar las sentencias de las instancias anteriores y admitir la demanda contra el administrador y se impuso una condena a E. por el daño emergente y el lucro cesante sufrido por el accionante como consecuencia de la pérdida del activo societario.
Una de las decisiones clave del fallo fue diferir la estimación precisa del monto del resarcimiento para la etapa de ejecución de sentencia. Ésto permitirá que en una etapa posterior se cuantifiquen los daños sufridos por el actor, considerando el valor de los bienes desviados y la participación accionaria de O. en Foster SA.
Este fallo sienta un precedente importante en materia de responsabilidad de los administradores de sociedades anónimas en Argentina. La condena a E. refuerza la necesidad de que los directivos actúen en beneficio de la sociedad y de sus accionistas, evitando maniobras que perjudiquen los intereses de los socios minoritarios. Asimismo, el caso subraya la importancia de la prueba testimonial y documental en la acreditación de conductas antijurídicas en el ámbito empresarial.
Autos: O., M. G. c/ E., D. A. – Societario Contencioso – Acción Individual de Responsabilidad (art. 279 LS) – Recurso de Casación