El Juzgado 51º Civil y Comercial de Córdoba admitió la demanda de daños y perjuicios en contra de Caruso Seguros SA por el incumplimiento en la prestación de un servicio de sepelio e inhumación de la madre del accionante, comprometida en la contratación de un seguro de vida.
El juez Gustavo Massano dio por acreditado que la empresa fue responsable de la oferta dirigida a los beneficiarios de seguros colectivos de vida, por la cual les concedía la posibilidad de optar por un combo de servicios que incluía no sólo la indemnización por fallecimiento pactada en la póliza sino también la posibilidad de que la empresa gestione el pago del sepelio de la persona fallecida con el producido del monto indemnizatorio.
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