Se le impuso a la mujer una pena de ocho meses. Es madre de dos hijos menores de diez años e incumplió el régimen de comunicación impuesto por la Justicia
Una madre fue condenada a la pena de ocho meses de prisión en suspenso por el delito de impedimento de contacto de su hijos menores con sus respectivos padres.
Concretamente, se le imputó a la mujer haber imposibilitado el contacto entre su hijo y su padre, así como también de su hija con su respectivo progenitor. Tales sucesos fueron calificados por el fiscal como constitutivos del delito de impedimento de contacto.
En este escenario, la magistrada señaló que a pesar de las distintas audiencias llevadas a cabo por la Justicia porteña para intentar la revinculación de los niños – de nueve y cinco años-, esto no fue posible. La situación se agravó cuando la madre decidió trasladarse a la provincia de San Juan.
La madre se comprometió a cumplir con distintas cuestiones relativas al régimen de comunicación paterno filial, pero esto nunca sucedió. Asimismo, la asesoría tutelar informó que la progenitora incumplió el acuerdo, por lo que llegó a ser declarada rebelde en el proceso, dado que incumplió con todas las citaciones que se le cursaron, sin siquiera presentar la más mínima justificación que la excusara, lo que demostró el “desinterés por restablecer el vínculo” con ambos padres.
Al analizar la causa, la jueza condenó a la mujer como autora del delito de impedimento de contacto, contenido en el artículo 1 de la ley 24270, a la pena de ocho meses de prisión en suspenso, con costas. El fallo destacó, además, que el accionar de la encartada se vio agravado en razón de que las víctimas resultan ser dos niños menores de diez años.
“Entiendo que se encuentran por demás acreditada las abundantes lesiones a ese bien tutelado por la norma con el accionar de S.P, quien por todos los medios buscó entorpecer y obstaculizar el vínculo entre sus dos hijos con sus respectivos padres, logrando acabadamente su objetivo, y perjudicando así no solo a los denunciantes, sino también a sus propios hijos, lo que podría afectar el normal desarrollo de sus vidas”, concluyó la titular del Juzgado N° 28 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de la jueza María Julia Correa.